Corte cierra la puerta de la JEP a un delincuente común
La Corte Suprema de Justicia le cerró la puerta de la Jurisdicción Especial de Paz (JEP) a un delincuente común quien alegaba ser de las Farc.
Se trata de Jorge Leonardo Rodríguez Rivas, alias ‘Pipoleta’ quien tiene una condena en su contra por disparar contra dos personas que iban en una moto, luego que se negaran a entregársela, esto en hechos ocurridos en Santander de Quilichao en 2014. El hombre pidió la libertad condicionada que da la Ley de Amnistía.
La Sala Penal señaló que Rodríguez Rivas “no es sujeto” de la ley de amnistía dado que fue condenado por hechos comunes y no de carácter político, ni tienen relación con el delito político.
“No hay evidencias, pruebas e información legalmente obtenida, indicativas que la condena de Rodríguez Rivas, obedezca a “conductas punibles por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado cometidas con anterioridad a la entrada en vigor del acuerdo final”; por el contrario, las pruebas del juicio oral no dejan duda alguna de su ajenidad con el mismo”, dice el auto de la Corte.
La Corte señaló además que Rodríguez Rivas “no fue investigado, juzgado o condenado por pertenecer o colaborar” con las Farc. “No es integrante de dicha organización ni en su petición manifiesta hacer parte de los listados entregados por los representantes designados por el grupo expresamente para ese fin, de acuerdo con lo establecido en el Acuerdo Final de Paz”, dijo la Corte.
La Corte señaló que si bien Rodríguez fue procesado y luego absuelto por el delito de porte de armas, esto no lo hace beneficiario de la Ley de Amnistía.
“Ninguna de tales circunstancias resulta suficiente para que Rodríguez Rivas tenga derecho a la libertad solicitada, en cuanto según lo visto, los delitos por los cuales es condenado no fueron cometidos por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado, son hechos punibles comunes y no ha sido investigado, juzgado o condenado por ser integrante o colaborador de las Farc-EP”, precisó la Corte.