Deportación de cubanos fue ilegal: Consejo de Estado
En un fallo de segunda instancia, el Alto Tribunal le ordenó a la Procuraduría abrir una investigación contra Migración Colombia por expulsiones irregulares.
Reportero. Creo, como Rainer Werner Fassbinder , que “ lo que no podemos cambiar, debemos al menos describirlo”.
Migración Colombia no respetó los derechos fundamentales de los migrantes cubanos que fueron deportados desde Turbo en agosto pasado. Este es el concepto de la Sala Quinta del Consejo de Estado, en una primicia conocida ayer por EL COLOMBIANO. Tras este pronunciamiento, la Procuraduría deberá investigar a los funcionarios de Migración Colombia que ordenaron las deportaciones.
Como lo advirtió este diario en su edición del 24 de agosto, Migración Colombia podía ser demandada por sacar del país a 1.364 migrantes en la frontera con Panamá, de los cuales 1.350 aceptaron la “deportación voluntaria”, que consiste en salir del territorio colombiano por sus propios medios. Además, en la frontera panameña la entidad migratoria aceptó que deportaron 700 venezolanos.
Lo que los 28 ciudadanos cubanos alegaron ante el Consejo de Estado no tiene que ver estrictamente con la deportación, proceso que puede hacer el Gobierno. La tutela se presentó por la ausencia de un “debido proceso” para regresarlos a su país.
Además de tratos indignos, los migrantes indocumentados señalaron que estuvieron “hacinados en carpas o construcciones de madera y bolsas a la orilla del río, sin servicios públicos o de alcantarillado, sin brigadas de salud, sin alimentación ni atención del Estado”.
Ante el Consejo de Estado señalaron que Migración Colombia “ha emprendido una persecución implacable en su contra por ser nacionales cubanos que se encuentran de paso por el territorio nacional”.
¿Qué pedían?
Cinco peticiones hicieron los ciudadanos cubanos: que Migración Colombia no los deportara sin garantizar el debido proceso (algo que ya sucedió), que las Fuerzas Militares no los intimidaran, que la Cancillería se acercara a otros países de la región para debatir el tema de migraciones y la creación de una zona humanitaria en Turbo para la recepción de la población migrante.
Estas pretensiones fueron negadas en primera instancia por el Tribunal Administrativo de Antioquia, el cual señaló que no había pruebas suficientes para considerar que Migración Colombia transgrediera “los derechos fundamentales de los migrantes”.
En segunda instancia, el Consejo de Estado revocó el fallo anterior y le dio la razón a los cubanos. Según el Alto Tribunal, las leyes colombianas establecen unos tiempos mínimos que deben ser respetados por Migración Colombia cuando un extranjero va a ser deportado. Esta exigencia, agregaron los magistrados, no fue tenida en cuenta por las autoridades. Para que un proceso de deportación sea efectivo, se necesitan al menos 55 días. En el caso de los cubanos, como lo pudo constatar el Consejo de Estado, “se realizaron todas las etapas en un solo día”.
Así las cosas, el Tribunal concluyó que las autoridades colombianas, entre ellas Migración Colombia, “vulneraron los derechos fundamentales a la dignidad humana, a la libertad e integridad personal, a la salud, al debido proceso administrativo y del ‘principio de no devolución’”.
EL COLOMBIANO se comunicó con Migración Colombia. Sin embargo, al cierre de esta edición la oficina de prensa no tenía un pronunciamiento. Desde la delegación de Antioquia señalaron que el único autorizado para hablar es el director, Christian Krüger.
Sin condición de refugiados
En el fallo del Consejo de Estado aparecen algunos apartados de la defensa de Migración Colombia. En agosto respondieron que ninguno de los migrantes que emprendieron acciones legales “tenía la condición de refugiado”. Además, agregaron que “todas las deportaciones se hicieron de acuerdo con los procedimientos establecidos por la ley”.
Otro de los argumentos presentado por esta entidad adscrita al Ministerio de Relaciones Exteriores es que entregó salvoconductos por cinco días para que los ciudadanos salieran del país de manera “legal”. Estas razones, como lo dijo la Sección Quinta, no eran suficientes para justificar las deportaciones forzadas.
Como lo explicó la profesora María Teresa Palacios, de la facultad de Jurisprudencia de la Universidad del Rosario, “Colombia está desconociendo la normativa internacional. Las expulsiones o deportaciones permitidas por el Derecho Internacional de los derechos humanos se deben hacer de manera individual y debe mediar un debido proceso, así lo dispone Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos”.