Colombia

Gobierno recuerda que la Policía actuará si hay violencia en marchas

Periodista de la UPB y especialista en Creación Narrativa de la Universidad Central (Bogotá). Escribo.

19 de mayo de 2021

El Ministerio del Interior envió una circular a alcaldes y gobernadores que la Policía debe actuar si, en el marco de las marchas, hay actos de violencia. Así, señaló el Ministerio dirigido por Daniel Palacios, lo define el “Estatuto de reacción, uso y verificación de la fuerza legítima del Estado y protección del derecho a la protesta pacífica ciudadana”, reglamentado a través del Decreto 003 de 2021.

En la circular de tres páginas firmada por Palacios, se explica que “la Constitución Política establece, dentro de los fines esenciales del Estado, que las autoridades de la república están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes creencias y demás derechos y libertades”.

En ese sentido, procede a indicar que el presidente tiene, entre sus tareas, ejercer la función de policía para garantizar el ejercicio de los derechos, tomar medidas que sean necesarias para garantizar la convivencia, e impartir instrucciones a alcaldes y gobernadores, incluso cuando estos funcionarios “son las primeras autoridades de policía”.

La circular, como se lee, se expidió teniendo en cuenta que “desde el 28 de abril de 2021 se vienen adelantando protestas en todo el territorio nacional, desafortunadamente se ha advertido que, en algunos departamentos y municipios, las marchas pacíficas se han visto afectadas por acciones vandálicas, actos violentos y otras conductas que han ocasionado graves perturbaciones al orden público”.

“Es ineludible tomar medidas inmediatas para conjurar y restablecer el orden público y la seguridad ciudadana, especialmente, en la región del sur occidente colombiano, con el fin de salvaguardar la vida, la salud, la seguridad y demás derechos de esta población”.

No obstante, en este punto se debe resaltar que, de acuerdo al mencionado estatuto, “el gobernador y el alcalde son las primeras autoridades de policía en el departamento y el municipio respectivamente, la Policía cumplirá con prontitud y diligencia las órdenes que estas le impartan”.

También que debe ser prioridad de todos los servidores públicos, y siguiendo con lo definido por la Constitución, privilegiar el diálogo y la mediación en las manifestaciones públicas. Sin embargo, “cuando en el marco de la manifestación política se presenten actos de violencia que alteren el orden público y la convivencia que pongan en riesgo la vida, la integridad de las personas y los bienes, la actuación de la Policía Nacional se realizará”.