JEP aceptó a exdirector de La Modelo implicado en torturas y desapariciones en la prisión
Entre 1999 y 2003, la cárcel La Modelo de Bogotá se convirtió en un escenario de disputas entre guerrilleros y paramilitares. Allí, documentó la justicia, se cometieron torturas, envenenamientos y desapariciones forzadas.
Periodista de la Universidad Pontificia Bolivariana. Escribió para El Tiempo. Fue periodista digital. Ahora cubre temas de paz, conflicto y Derechos Humanos. Amante de la gente, Atlético Nacional y las montañas.
William Gacharná Castro fue director de la cárcel La Modelo de Bogotá y la Jurisdicción Especial de Paz (JEP) aceptó someterlo en sus tribunales. El funcionario deberá contar cómo fue su participación y colaboración para que los paramilitares ingresaran al penal y cometieran crímenes.
Los hechos que juzgará la JEP se habría cometido entre 1999 y 2003. Para entonces Gacharná se desempeñaba como director del centro carcelario y ocurrió que los ilegales pudieron ingresar al lugar para cometer distintos tipos de violaciones a los derechos humanos.
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“La JEP aceptó el sometimiento de William Gacharná Castro, exdirector de la cárcel La Modelo, exclusivamente, por su participación y colaboración en crímenes cometidos por miembros de grupos paramilitares dentro del centro penitenciario”, indicó el tribunal especial en un comunicado.
Previo a esta decisión, Gacharná ya había comparecido ante la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas y allí, dijo la JEP, quedó demostrado su compromiso con hacer aportes tempranos a la verdad.
Con la aceptación del sometimiento, la JEP le concedió al exfuncionario el beneficio de libertad tansitoria, anticipada y condicionada.
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Es que entre 1999 y 2003, la cárcel Modelo de Bogotá se convirtió en una extensión del enfrentamiento que libraban los paramilitares y guerrilleros. En los patios de esa cárcel ocurrieron descuartizamientos, envenenamientos, torturas y hasta desapariciones forzadas.
En la justicia ordinaria, el exfuncionario ya tenía un proceso abierto que lo señalaba de cometer los delitos de concierto para delinquir agravado y homicidio agravado por hechos que sucedieron dentro del penal bajo su administración.