La ley de sometimiento no convence a los grupos
El Clan del Golfo no parece interesado en acogerse ya que los beneficios no son atractivos, y “La Oficina” que ha pedido pista no está incluida.
Soy periodista egresada de la Universidad de Antioquia. Mi primera entrevista se la hice a mi padre y, desde entonces, no he parado de preguntar.
Aunque la ley que dejó lista el gobierno de Juan Manuel Santos para lograr la sujeción a la justicia de los miembros de los Grupos Armados Organizados (GAO) y de los Grupos Delictivos Organizados (GDO) esperaba que los hombres al mando de alias “Otoniel”, del Clan del Golfo, y de otras estructuras criminales como “La Oficina” pudieran llegar de una vez por todas a la justicia, en los corrillos de abogados se rumora que “no sirve para nada”.
El asunto parece lógico, la reducción de penas es apenas de hasta el 50 % para quienes se sometan voluntariamente y de manera colectiva a la justicia, lo mismo a lo que cualquier ciudadano tiene derecho si se allana a los cargos en la audiencia de formulación e imputación, y si los delitos son de lesa humanidad el descuento en la sentencia será de máximo el 30 %.
Y eso sin contar las posibilidades que tiene un ciudadano cualquiera de hacer preacuerdos con la Fiscalía en el cual la pena puede reducirse hasta un sexto del mínimo que impone el Código Penal colombiano.
Para el abogado penalista Michell Pineda, en el sistema penal colombiano hay muchas opciones “el allanamiento, el principio de oportunidad y el preacuerdo, en los que además de reducir la pena se puede cambiar el tipo penal, por uno menos grave, lo que no sería viable en esta ley. Yo podría preacordar de forma individual y lograr condiciones más favorables”.
Además, esta misma ley que buscaba atraer a los criminales resultó aumentando las penas en los delitos que más cometen estas estructuras (ver gráfico), en algunos casos hasta las duplican, al final el computo quedará en lo mismo que había antes de la ley.
En cambio, los requisitos para la sujeción son muy altos: entregar información detallada del grupo armado al que pertenece; reconocer todos los delitos con ocasión a su pertenencia; entregar información sobre las víctimas, los menores de edad reclutados, los secuestrados y los desaparecidos; relacionar y entregar todos los bienes y activos; delatar el funcionamiento de las economías ilícitas, los testaferros y las estructuras de apoyo; entregar las armas, municiones, uniformes y sustancias psicoactivas.
Para Álvaro Garzón, coordinador del área de Derecho Penal del Consultorio Jurídico de la Universidad del Rosario, esta ley no era necesaria, ya que “cualquier persona puede someterse a la administración de justicia. Quizá lo que se buscaba con eso es que no solamente con el proceso de paz sino que está abierta a que otros grupos puedan hacerlo, una carga simbólica”.
La ley fracasó
Cuando esta ley se sancionó, en julio de 2018, el entonces ministro de Justicia, Enrique Gil Botero, le dijo a EL COLOMBIANO que por fin en Colombia se facilitaría el sometimiento colectivo y que ya estaba todo listo para que los hombres de “Otoniel” dejaran de delinquir. Pero pasó lo contrario, el mismo “Otoniel” que en septiembre de 2017 había pedido una opción para su sometimiento, dijo que no había condiciones para hacerlo.
“Antes de la posesión de Duque ellos mismos se echaron para atrás, porque da más resultado si se va a un preacuerdo, sin desmantelar una pieza, no hay necesidad de delatar a nadie”, explicó Fernando Quijano, presidente de la Corporación para el Desarrollo y la Paz (Corpades).
En ese sentido, Claudia Carrasquilla, directora Nacional Contra el Crimen Organizado de la Fiscalía General de la Nación, dijo hace tres semanas en entrevista con este diario que al ente acusador no ha llegado aún ninguna solicitud de sujeción, “creo que tiene que ver con lo drástica que es la ley. No permite que se den excesos o beneficios más allá de lo jurídico que trae la misma norma. Es decir, si alguien quiere sujetarse al proceso, pues tendría que denunciar sus bienes, hacer un sometimiento colectivo con todos sus componentes, entregar sus fuentes de financiación. Quizás esto ha impedido que busquen un sometimiento, pues, entre otras cosas, perderían su capacidad económica”.
No caben los GDO
Aunque en el encabezado de la normativa queda claro que busca desarticular los GAO y GDO, en el momento de hablar de las condiciones del sometimiento colectivo desaparecen las últimas, es decir, los únicos que pueden acogerse a la justicia por este mecanismo son el Clan del Golfo, Los Puntilleros y Los Pelusos.
“¿Para qué se habla de una ley de sometimiento que no es para someter?, quedó en veremos ‘La Oficina’ que no la consideran un GAO, y quedó en veremos el Clan del Golfo, que al no interesarse podría tener como opción franquiciarse al crimen transnacional”, señaló Quijano.
En palabras de Michell Pineda, esta “no se constituye como una herramienta para construir paz, sino que sigue siendo letra muerta” .