Política

“No lo veo constitucional ni legal”: los peros a la ‘octava papeleta’

El constitucionalista Gonzalo Ramírez Cleves advierte que la idea del presidente Petro de convocar una Asamblea Nacional Constituyente a través de una ‘octava papeleta’ no tiene pies ni cabeza. Entrevista.

Comunicador social y periodista de la Universidad Central, especializado en Gobierno, Gerencia y Asuntos Públicos de las universidades Externado y Columbia.

hace 8 horas

Queriendo emular lo que fue un movimiento estudiantil exento de tufillo político, el presidente Gustavo Petro –el mismo que firmó sobre mármol que no convocaría una Asamblea Nacional Constituyente– sorprendió al anunciar que, si bien renunciaba a su consulta popular por decreto, ahora enfilará baterías para promover una ‘octava papeleta’ como camino hacia una nueva Constitución.

La idea no deja de ser difusa y enmarañada. Para el profesor Gonzalo Ramírez Cleves, experto en derecho constitucional y filosofía del derecho, la Constitución es clara en que para buscar una Constituyente se requiere una ley, unas mayorías y toda una suerte de pasos precisos y específicos, mas no una papeleta.

“No lo veo constitucional ni legal”, concluye tajantemente, advirtiendo que la democracia plebiscitaria por la que apuesta Petro es peligrosa y “puede dar lugar a salidas autoritarias”. Alerta que en juego está la institucionalidad y que no hay atajos para cumplir con la Carta Magna.

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¿Es viable una ‘octava papeleta’ en los términos en los que lo está planteando el presidente Petro? ¿Tendría algún carácter vinculante?

Aquí se está tratando de imitar lo que hicieron los estudiantes a principios de los años 90 al introducir una papeleta adicional de las seis previstas para las elecciones. Fue un movimiento que buscaba transformar a Colombia en un momento de narcoterrorismo. Ahora no sería más que simplemente un acto que podríamos llamar simbólico y lo que busca es un apoyo popular, pero realmente no se sabe cómo se va a implementar.

Habría que ver si se hace esta propuesta por un decreto. Tampoco se sabe cómo va a actuar la Registraduría para que se formalice. En realidad no veo la forma. Puede haber una especie de consulta, pero debería ser en una fecha distinta a las elecciones. Insisto, no veo cómo sería la forma.

¿Los jurados de votación estarían obligados a hacer el conteo de esta ‘octava papeleta’?

En realidad no. Dentro de los mecanismos de participación ciudadana que están previstos en la Constitución y en la ley no hay una idea de este tipo, una opción de pregunta abierta. Tendría que regularse respecto a qué mecanismo se va a utilizar. Desde mi punto de vista la Registraduría no tendría ninguna obligación de contabilizarla.

Otra cosa es que se haga de una manera informal como se hizo en el 90 después del asesinato de Luis Carlos Galán, cuando surgió este movimiento e incluso, en ese entonces tampoco se contabilizó.

Para que tenga algún tipo de validez, así sea simbólica, ¿en qué condiciones debería desarrollarse esta ‘octava papeleta’?

Hay una idea del ministro de Justicia, Eduardo Montealegre, de buscar que a través de 8 millones de firmas se inicie una Asamblea Constituyente. No veo eso en qué artículo de la Constitución está previsto. El 376 habla de que sea a través de una ley. Es decir, que se tramite vía Congreso.

No sé si esta idea de las 8 millones de firmas tenga que ver con esta propuesta de la ‘octava papeleta’. Sería algo informal que no sé cómo lo vayan a implementar. No lo veo ni constitucional ni legal. Pasaría algo muy parecido a lo que se está haciendo ahora con la consulta popular vía decreto, porque no hay otra forma en la que se obligue a introducir una papeleta. Insisto, no lo veo viable. Se tendría que cambiar la legislación.

¿El presidente podría convocar una consulta popular en que le pregunte a los colombianos si están de acuerdo o no con aventurarse en un proyecto constituyente? ¿Legalmente podría ser una vía?

Las consultas populares tienen unas prohibiciones. A través de consultas populares no se puede buscar reformar la Constitución y menos convocar una Constituyente. Sin embargo, hay algunos que dicen que sí. Yo diría que no por la prohibición de hacer una reforma. Además, esto siempre tiene que ser tramitado a través del Congreso y no puede coincidir con otra elección.

Si se propone hacer una consulta popular con una sola pregunta que diga ‘¿quiere usted la Constituyente?’, pues el Senado tendría que aprobar esto y luego superar un control de trámite ante la Corte Constitucional. Se generarían muchos problemas. No veo tan fácil este camino.

¿Cuáles son los pasos establecidos hoy para convocar una Constituyente?

El artículo 376 establece que se puede convocar a una Asamblea Nacional mediante una ley que debe contener la competencia de la Asamblea (para saber si se reforma total o parcialmente), el periodo en que va a actuar y la composición.

En 2005, por ejemplo, se inició un proceso de convocar a una Asamblea Nacional Constituyente –casi nadie se acuerda–, para cambiar el régimen presidencial por el régimen semipresidencial o semiparlamentario. Finalmente se hundió esa propuesta y era un cambio, a pesar de lo profundo, parcial.

Ahora, una vez se aprueba la ley en el Congreso –que debe ser aprobada por mayoría absoluta– pasa a control automático de la Corte Constitucional. Hay quienes dicen que ese control supuestamente solo sería de forma, pero habría que mirar si también es de contenido, porque no se podría convocar una Asamblea Constituyente, por ejemplo, para crear un sistema antidemocrático.

Después de superar ese control, se somete a votación la propuesta de ley para convocar la Constituyente. Tiene que participar cuando menos una tercera parte del censo electoral vigente y que esa tercera parte haya votado por el sí. Hoy en día serían alrededor de 14 millones de ciudadanos y que de esos la mayoría vote por el sí.

De cumplirse esos requisitos, quedará en suspenso la facultad ordinaria del Congreso para reformar la Constitución y la Asamblea será la que hará su propio reglamento.

¿Qué tanto daño le hace a la institucionalidad estos caminos y entuertos jurídicos que plantea el presidente Petro?

Las propuestas constituyentes se han venido dando, no solamente desde el Gobierno de Gustavo Petro, sino también en época de Álvaro Uribe cuando la Corte prohibió la reelección por segunda vez o inclusive, en las negociaciones con las Farc se habló de una salida constituyente.

Hay una primera idea y es que pareciera que los gobiernos de izquierda no se satisfacen mucho con las constituciones vigentes y pretenden hacer un nuevo pacto o acuerdo que se les acomode mejor a su propio proyecto político, como pasó en Venezuela, Ecuador o Bolivia. Eso se denomina el nuevo constitucionalismo latinoamericano y es que cuando gana la izquierda, buscan hacer una nueva Constitución.

Hoy por hoy, el presidente Petro habla de un bloqueo institucional y es una narrativa que genera problemas, porque nunca habrá un presidente al que le aprueben todo como quiere. En este caso, Petro ha tenido mayorías en Cámara, pero no en el Senado, y como no le han aprobado todas sus reformas, decide actuar con la democracia plebiscitaria. Es decir, tratar de buscar una legitimación ya no de los propios órganos existentes, sino del ‘pueblo’ a través de preguntas y marchas.

¿Qué riesgos tiene una democracia plebiscitaria?

Esa vía es un riesgo frente a una democracia que cuenta con unas instituciones establecidas para cada uno de los poderes. Hay un problema cuando constantemente se convoca una democracia de referendo o de plebiscito y de buscar que el ‘pueblo’ apoye al mandatario de turno y no los órganos establecidos. Eso genera muchas tensiones.

Esas tensiones empiezan a generar conflictos frente al equilibrio de poderes –que es uno de los presupuestos del Estado de derecho–, sumado a líos frente a la división armónica de esos poderes, buscando que actúen para que la institucionalidad no deje de funcionar.

Lo ideal sería que, a pesar de que al presidente no le van a aprobar en su integridad lo que quiere por no tener las mayorías, busque generar políticas de consenso y diálogo. Sin embargo, con la idea de la democracia plebiscitaria se pierde esa noción de la división armónica de los poderes. Lo que prevalece es la constante tensión y desarmonía entre los poderes.

Entonces las decisiones judiciales se empiezan a cuestionar, se empiezan a llamar élites y oligarquía a las ramas del poder y se empiezan a generar ideas populistas, pues los líderes empiezan a creer que ellos detentan el poder supuestamente porque fueron electos por la mayoría del pueblo.

Esto es muy peligroso y puede dar lugar a salidas autoritarias que, por ahora en Colombia, se han contenido, pero se podría generar un riesgo. No es solo la izquierda.

Un gobierno de derecha como el de Alberto Fujimori en Perú cuando cerró el Congreso porque no le aprobaban sus proyectos. Se trata de sistemas que finalmente colapsan y escalan hasta un golpe de Estado institucional.

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