Política

Petro recusa a magistrado Ibáñez por “intervenir” en debate de emergencia económica

El Gobierno señala que la presunta intervención del presidente de la Corte Constitucional “no es compatible con el estándar de imparcialidad”.

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hace 2 horas

La Presidencia de la República recusó este miércoles 21 de enero al magistrado y presidente de la Corte Constitucional, Jorge Enrique Ibáñez, en medio de la discusión del decreto de emergencia económica que expidió en diciembre pasado el Gobierno Nacional. En ese sentido, pidió apartarlo de la discusión que lleva a cabo esa alta corte sobre esa decisión.

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En el transcurso del día, el magistrado radicó una solicitud para dejar sin efectos ese decreto que presente el Gobierno del presidente Gustavo Petro después de que se hundiera su reforma tributaria (o ley de financiamiento) en el Congreso. En esta, planteó suspenderlo mientras la Corte lo estudia.

Ese pedido para congelar el decreto de emergencia económica es un camino conocido como suspensión provisional, pues el estudio a fondo en el alto tribunal toma varias semanas. Sin embargo, en el pasado la Corte ha indicado que esa vía no se puede tomar para congelar los efectos de decretos de estados de excepción, como el mencionado.

Por sorteo, esa solicitud está en el despacho del magistrado Carlos Camargo para su análisis y, de hecho, expidió el auto con el que pidió las pruebas para proyectar una ponencia sobre la legalidad de la medida del presidente Petro.

En la recusación de Presidencia se lee que “resulta especialmente preocupante que el magistrado Jorge Enrique Ibañez Najar, lejos de ejercer la prudencia y reserva que impone su condición de juez constitucional y presidente de la Corte, haya optado por intervenir activamente en el debate público sobre un decreto legislativo expedido por el Gobierno del presidente Gustavo Petro Urrego, respecto del cual la Corporación debía adoptar decisiones inminentes y de altísima trascendencia institucional”.

A ojos del Gobierno, la mencionada conducta del presidente de la Corte “no es compatible con el estándar de imparcialidad reforzada que se exige a quien, por su investidura, está llamado a actuar como garante último del equilibrio entre poderes y no como actor que, mediante declaraciones públicas, parece situarse en una posición de confrontación anticipada frente a las decisiones del Ejecutivo”.

Al respecto, el documento firmado por el secretario jurídico de Presidencia, Augusto Ocampo, señala que lo dicho por Ibáñez “no pueden analizarse de manera aislada ni ingenua”, pues “provienen de quien ha asumido públicamente un rol protagónico en debates constitucionales de alta carga política, y se insertan en una secuencia de decisiones y pronunciamientos que han terminado por proyectar la imagen de una Corte Constitucional particularmente severa frente a las iniciativas del actual Gobierno”.

“En ese contexto, la entrevista concedida al diario El Tiempo no aparece como un ejercicio académico ni pedagógico, sino como un gesto que refuerza la idea de una posición previamente decantada frente al decreto de emergencia económica, comprometiendo de forma objetiva la apariencia de imparcialidad que debe rodear todo juicio constitucional”, añade la recusación.

Sobre el final del documento, Presidencia argumenta que las declaraciones del togado “comprometen objetivamente la apariencia de imparcialidad, estándar suficiente para la configuración de la causal de recusación conforme a la jurisprudencia reiterada de esta Corporación”.

La solicitud final pide declarar fundada la recusación y que “se le aparte del conocimiento del proceso RE-387, como garantía del principio de imparcialidad judicial y de la confianza pública en la Corte Constitucional como juez de los estados de excepción”.

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