Tribunal Superior de Bogotá confirma que tutela contra reforma a la salud es improcedente
La acción judicial fue interpuesta por ocho congresistas y pedía que la reforma fuera tramitada como ley estatutaria.
La Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Bogotá confirmó que la tutela que ocho congresistas interpusieron para que la reforma a la salud fuera tramitada como ley estatutaria en el Congreso es improcedente. Es decir, no tendrá ningún efecto en la manera en la que se debate en el Legislativo.
Ese tribunal consideró que en el Legislativo se había surtido la conversación suficiente sobre cuál debía ser el camino que debía tomar el proyecto de reforma al sistema de salud.
“El tema en discusión ha sido debatido en amplios espacios dentro de la institución legislativa, y no es por vía de la acción de tutela, que se puede imponer o determinar el criterio imperante, porque tal función excede las competencias para la protección de los derechos fundamentales”, se lee en la providencia.
En ese sentido, el Tribunal Superior consideró que sea la instancia competente para “reordenar o controlar anticipadamente los procedimientos legislativos, dado que ello tienen juez propio, también constitucional, como igual ocurre con la protección y acciones diferentes a la tutela”.
Más adelante, los magistrados argumentaron que la discusión sobre si debe ser ordinaria o estatutaria puede hacerse durante sus diversos debates donde “pueden ejercer plenamente y sin cortapisas todas las facultades que les asiste como legisladores, incluso, oponerse a su aprobación, votando negativamente la mencionada iniciativa”.
Por estas razones, los togados Fabio David Bernal y Mario Cortés reafirmaron la decisión de declarar improcedente la acción de tutela que interpusieron los congresistas Julia Miranda Londoño, Humberto De La Calle Lombana, Juan Sebastián Gómez González, Jonathan Pulido Hernández, Daniel Carvalho MejÍa, Paloma Valencia Laserna, Cristian Danilo Avendaño Fino y Alejandro Carlos Chacón.