Colombia

Exjefe de las Farc alias Simón Trinidad recibió amnistía de la JEP por el delito de rebelión

La Sala de Amnistía de la JEP pidió eliminar los antecedentes penales de 15 excombatientes de las Farc.

25 de junio de 2024

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) anunció la concesión de la amnistía a Juvenal Ovidio Ricardo Palmera Pineda, conocido como ‘Simón Trinidad’ durante su pertenencia a las extintas Farc, por el delito de rebelión.

La resolución resuelve parte del proceso judicial que involucra a Palmera Pineda, quien fue remitido a la JEP por hechos ocurridos entre el 1 y el 3 de mayo de 2002 en el municipio de Bojayá, en el departamento del Chocó.

Actualmente, Palmera Pineda cumple una condena de 60 años en Estados Unidos por el secuestro de tres ciudadanos estadounidenses en 2003, tras ser extraditado el 31 de diciembre de 2004.

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Esto se dio en el marco de la decisión de la Sala de Amnistía o Indulto (SAI) de la JEP que otorgó la amnistía a 15 exintegrantes de las Farc por el delito de rebelión.

Según la Sala, los procesos de los excombatientes cumplen con la competencia temporal (previo a la firma del Acuerdo Final de Paz), personal (dado su pertenencia a las Farc) y material (al considerarse la rebelión un delito político amnistiable) de la JEP.

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Los beneficiarios de la amnistía pertenecían al Frente 29 y de la columna móvil Daniel Aldana de las Farc-EP, quienes firmaron el Acuerdo Final para la Paz. Actualmente, la SAI continúa evaluando solicitudes similares de otros 13 excombatientes.

Como resultado de la amnistía, la SAI solicitó a entidades como la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General, la Policía Nacional y el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) que eliminen los antecedentes disciplinarios, fiscales o penales que aún puedan figurar en sus registros contra los comparecientes.

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Los 15 excombatientes amnistiados están obligados a cumplir con el régimen de condicionalidad, requisito indispensable para todos los comparecientes ante la JEP y el Sistema Integral para la Paz.

El incumplimiento de estas condiciones podría resultar en la pérdida de los beneficios de la justicia transicional y, potencialmente, en la expulsión de la JEP.