Colombia

Veinte años después, la justicia condena a los responsables de la tragedia de los 21 ángeles del Colegio Agustiniano Norte

El 28 de abril de 2004 Bogotá vivió una de sus peores tragedias viales: una máquina de 20 toneladas cayó sobre un bus escolar y dejó 23 muertos, en su mayoría niños.

hace 5 horas

Veintiún niños murieron de la manera más absurda: dentro de su ruta escolar, aplastados por una máquina que jamás debió circular por esa vía. Dos décadas después, el Estado reconoce que no fue un infortunio inevitable, sino una cadena de omisiones. El Consejo de Estado confirmó la responsabilidad del IDU y de los consorcios que ejecutaban e intervenían la obra en Suba.

Con ponencia del magistrado Nicolás Yepes Corrales, el alto tribunal modificó el fallo de primera instancia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca para actualizar los montos de indemnización, ordenando el pago de perjuicios materiales a la Orden de Agustinos Descalzos, propietaria del colegio Agustiniano Norte. La decisión refuerza lo que las víctimas han sostenido durante años: la tragedia no fue un hecho inevitable, sino el resultado de una cadena de omisiones.

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El expediente recuerda que a las 3:15 de la tarde, una recicladora de asfalto de 20 toneladas perdió el control en la Avenida Suba a la altura de la calle 138, atravesó la barrera de contención y se volcó sobre el bus escolar de placa FUC 190 que transportaba a los menores. Murieron 23 personas, entre ellas 21 estudiantes, y otras 24 resultaron heridas.

El Consejo de Estado fue categórico: el consorcio contratista movilizó la máquina “de forma autopropulsada”, pese a que, por sus dimensiones y peso, la normativa obligaba a trasladarla en un camión de plataforma baja y con autorización previa de la Secretaría de Tránsito. Ninguno de esos requisitos se cumplió.

La providencia también recordó que no era la primera vez que se actuaba con temeridad. El 2 de abril de 2004, apenas semanas antes de la tragedia, otra máquina del mismo contratista había derribado un puente peatonal en la misma avenida, dejando un muerto. Aun así, no se adoptaron correctivos.

El fallo estableció que el Consorcio Interventoría Suba II incumplió sus funciones de supervisión. Su tarea era verificar que las obras se ajustaran a las normas de tránsito y seguridad, pero omitió impartir órdenes o correctivos incluso después del primer accidente.

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El IDU, por su parte, fue condenado por culpa in vigilando. El tribunal recordó que, aunque la obra estuviera concesionada, la entidad pública tenía la obligación de ejercer vigilancia y control permanente. La omisión permitió que las irregularidades persistieran hasta desembocar en la tragedia.

La Sala fijó el pago solidario de $1.975.122 por concepto de daño emergente —los gastos de grúa y parqueadero del bus destruido— y de $77.463.858 por lucro cesante, equivalentes a las pensiones escolares que el colegio dejó de recibir por los 21 alumnos fallecidos en lo que restaba del calendario académico de 2004.

La petición de reponer el bus fue rechazada, ya que se trataba de un vehículo modelo 1984 y la aseguradora había cubierto su valor comercial. Al mismo tiempo, el alto tribunal exoneró de responsabilidad a la Secretaría de Tránsito y a TransMilenio S.A., al considerar que no tenían competencia directa sobre el manejo de la maquinaria.

La sentencia, aunque tardía, ratifica lo que familiares y sobrevivientes han sostenido por dos décadas: el desastre no fue producto del azar, sino de la imprudencia y de la falta de control. Para muchos, el fallo es un reconocimiento de que aquella tarde del 28 de abril de 2004 se perdió una generación de estudiantes de la forma más absurda y dolorosa, y que detrás de esa pérdida hubo responsables que hoy, al menos en los estrados judiciales, deben responder.