¿Qué significa que la Corte declare a los animales seres sintientes en Colombia?
La Sentencia C-332 de 2025 eliminó del Código de Ética Veterinario y Zootecnista las expresiones que reducían a los animales a simples instrumentos y obliga a repensar la práctica académica y profesional en torno a su dignidad y protección.
Periodista de medio ambiente. He trabajado en medios como El Mundo (España), El Espectador, Cromos, Arcadia y Canal Trece.
El 6 de agosto de 2025 la Corte Constitucional colombiana emitió una sentencia histórica: los animales no pueden seguir siendo considerados simples medios al servicio del ser humano. La decisión, contenida en la Sentencia C-332, eliminó expresiones del Código de Ética de la Medicina Veterinaria y Zootecnia que los reducían a instrumentos y reiteró que son seres sintientes, titulares de un régimen especial de protección y beneficiarios de la prohibición constitucional de maltrato injustificado. El cambio parece técnico, pero obliga a transformaciones en el mundo académico, profesional y social que difícilmente podrán ignorarse.
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La primera consecuencia se da en la medicina veterinaria y la zootecnia, disciplinas tradicionalmente enmarcadas en una lógica utilitarista: cuidar la salud de los animales porque ello garantizaba mayor producción o evitaba riesgos para los humanos. Al cuestionar expresiones que subordinaban la existencia animal a la utilidad, la Corte obliga a repensar esa concepción. Como explica Juliana Barberi, coordinadora del Programa Sociojurídico de Protección Jurídica a los Animales de la Universidad de Antioquia, “una de las implicaciones concretas que tiene este fallo está directamente relacionada con la visión que tiene la medicina veterinaria y la zootecnia de los animales como instrumentos o medios para el servicio humano. Ahora tendrán que repensarse a los animales como fines en sí mismos y no como medios”. Esto significa que un veterinario ya no podrá justificar sus intervenciones exclusivamente por el beneficio humano, sino que deberá guiarse por la salud, la vida y la integridad del animal atendido.
Gabriel Chica, abogado de la corporación Raya, lo sintetiza en términos jurídicos: al decir que los animales no son medios sino fines en sí mismos, la Corte está reconociendo que “los animales están dotados de dignidad, y eso nos abre las puertas para futuras luchas en las que podremos seguir defendiendo que efectivamente los animales tienen dignidad y que esa dignidad les hace merecedores de derechos y de garantías”. En la práctica, esta afirmación obliga a revisar protocolos de atención veterinaria, prácticas de enseñanza y criterios para resolver conflictos entre intereses humanos y bienestar animal.
El impacto en la academia será inevitable. Tanto Barberi como Chica coinciden en que el fallo no puede quedarse en letra muerta. Las facultades de Medicina Veterinaria y Zootecnia tendrán que incorporar en sus planes de estudio esta nueva visión, si bien el cambio no será inmediato: profesores reacios a actualizarse y profesionales ya graduados podrían resistirse, lo que ralentizará el proceso. Aún así, el mensaje de la Corte es inequívoco: la enseñanza de estas disciplinas deberá abandonar progresivamente la visión instrumental y asumir al animal como el centro del ejercicio profesional.
En el plano jurídico, la decisión no crea un nuevo estatus, refuerza el ya existente. Desde la Ley 1774 de 2016 y la Sentencia C-666 de 2010 se reconocía a los animales como seres sintientes; No obstante, el Código Civil los sigue clasificando como bienes. La Corte, al eliminar expresiones utilitaristas del Código de Ética, da coherencia interna al sistema. “Lo que hace la sentencia es declarar inconstitucionales unas expresiones que ya no se ajustan al ordenamiento jurídico”, explica Chica. En otras palabras, el fallo armoniza el marco legal y fortalece la protección animal.
Las consecuencias culturales también son significativas. Barberi advierte que todavía persiste una visión supremacista según la cual los animales existen para servir al hombre, y que muchos sectores descalifican la defensa de sus derechos como un “capricho de animalistas”. La sentencia confronta esa idea, porque no proviene de un movimiento social, sino del máximo tribunal constitucional del país. Con ello, trasciende la retórica y se convierte en mandato jurídico que obliga a profesionales, instituciones y ciudadanos.
El fallo, sin embargo, tiene limitaciones. Como señala Chica, no prohíbe ni sanciona prácticas específicas; ofrece un marco interpretativo. Su alcance es abstracto, lo que significa que dependerá de jueces, universidades y gremios darle aplicación real. De ahí el reto: evitar que se convierta en un símbolo vacío y lograr que se traduzca en cambios tangibles en la forma en que se crían, atienden y utilizan los animales.
La tensión entre veterinaria y zootecnia marcará el futuro inmediato. Mientras la primera puede adaptarse con mayor facilidad al mandato de priorizar la salud y el bienestar animal, la segunda enfrenta un desafío estructural: su objeto ha sido históricamente la producción y la eficiencia. Lograr coherencia entre la visión constitucional y la práctica zootécnica exigirá transformaciones profundas en la formación, la investigación y la regulación de este campo.
A nivel simbólico, la sentencia representa un giro en la relación entre humanos y animales. Colombia ya no solo prohíbe el maltrato injustificado, sino que reconoce que los animales tienen un valor intrínseco que no depende de su utilidad para las personas. Esa idea los acerca al lenguaje de los derechos, sin declarar expresamente un nuevo estatus jurídico. En la medida en que la noción de dignidad animal gane terreno, se abrirán debates sobre entretenimiento con animales, experimentación científica o producción intensiva.
Asimismo, el fallo incluyó la eliminación de la obligación de invocar a Dios en el juramento de veterinarios y zootecnistas. Aunque relevante para la libertad de conciencia y la neutralidad religiosa, este punto fue secundario frente al reconocimiento del valor de los animales. La discusión mostró divisiones en la Corte sin afectar el consenso sobre la necesidad de superar la visión instrumental.
Así, la Sentencia C-332 de 2025 marca un antes y un después en el derecho animal en Colombia y sus efectos se sentirán en consultorios, aulas y tribunales, donde la salud y la dignidad de los animales deberán ocupar un lugar central en el que se replantea la relación entre humanos y animales.