Histórico

Corte elimina libres nombramientos en Procuraduría

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28 de febrero de 2013

Al declarar inexequible el artículo 182 del Decreto 262 de 2000, la Corte Constitucional le ordenó a la Procuraduría General de la Nación que en menos de seis meses deberá abrir concurso para la elección de los funcionarios del órgano de control.

En ese sentido, el alto tribunal declaró inconstitucional la facultad que tenía el jefe del Ministerio Público, por lo que le ordena realizar un concurso de méritos público y abierto para asignar a los funcionarios que representen al órgano de control ante tribunales y altas cortes.

“La Corte Ordenó someter a concurso público los cargos de procuradores judiciales que habían sido categorizados legalmente como libre nombramiento y remoción para su designación por la Procuraduría General de la Nación”, apunta la sentencia.

Según la corporación judicial, dicha determinación tuvo como fundamento lo dispuesto en el articulo 280 de la Constitución el cual prevé “que los agentes del Ministerio Público que ejerzan cargos ante magistrados y jueces, serán objeto de equiparación en cuanto a sus derechos y como el ingreso de los servidores judiciales es por carrera, la misma consecuencia acarrea para los procuradores judiciales, que ameniza la regla general de que los empleos en la entidades del Estado sean provistos por carrera administrativa”.

Además, la Corte le ordenó al Procuraduría que en un término máximo de seis meses, contados a partir de la notificación del fallo, convoque a un concurso público para la provisión en propiedad de los cargos de procurador judicial, que deberá culminar a más tardar en un año.