Histórico

Edad de piedra

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20 de noviembre de 2008

Por cualquier motivo, esta vez como consecuencia de un dilatado paro judicial, el Gobierno toma de nuevo conciencia de las dificultades del sistema para resolver los casos que se someten a su consideración. Para afrontarlas presenta dos propuestas novedosas: la creación de un arancel que deben pagar todos los demandantes, salvo los más pobres, para acceder al servicio judicial, y la supresión de los estímulos económicos existentes para quienes promuevan con éxito acciones populares. Y una recurrente: la creación de plazas temporales de jueces y magistrados.

Estas iniciativas son correctas. Ayudan a evitar la excesiva litigiosidad, a incrementar los recursos presupuestales a disposición de la Justicia, y a evacuar un inventario abrumador de casos pendientes. Son, también, insuficientes. La baja productividad del sistema judicial no puede ser resuelta sin la plena incorporación de las tecnologías informáticas en la macro operación del sistema, la micro administración de los despachos judiciales y la tramitación de los litigios.

Supongo que el Consejo Superior de la Judicatura, a quien corresponde la gestión global del servicio, no sólo recaba las estadísticas judiciales en medio digital, sino que igualmente usa el herramental informático para el cumplimiento de sus tareas. Pero no me sorprendería que su grado de informatización fuera bajo. Los "magistrados" que lo integran suelen ser abogados, no ingenieros. Su lógica fundamental es la del "expediente" escrito y su paradigma una señora de ojos vendados, vestida de túnica que sostiene en sus manos una balanza, no un computador. No me interpreten mal: entiendo y valoro los símbolos que aluden a la majestad de la Justicia.

En la concepción tradicional, los despachos judiciales son universos autónomos y autosuficientes para tramitar y fallar los asuntos que les corresponden. Lo primero es por completo razonable; la independencia del juez para decidir las controversias con base en las pruebas y su conocimiento de las normas jurídicas pertinentes, constituye una garantía fundamental.

No obstante, la autarquía en términos logísticos es incompatible con las modernas técnicas de administración. Los efectos positivos serían enormes si el gobierno de un grupo de despachos afines correspondiera a una plantilla profesional encargada de programar las audiencias, el trámite de comunicaciones, la conservación de expedientes, y, en general, la administración de los recursos humanos, financieros y materiales de esa colectividad.

Infortunadamente, para la administración de los despachos judiciales los computadores se usan, básicamente, como procesadores de palabra y, en algunos casos, para controlar la marcha de los expedientes y el trabajo de los funcionarios. La informatización de las relaciones de cada despacho con el mundo exterior es posible, deseable y no requiere reformas legales. Igualmente, la mejora sustancial de las bases de datos de legislación y jurisprudencia, que son insumos claves para garantizar la calidad de las decisiones, es necesaria y factible. Es increíble, por ejemplo, que en muchos casos los jueces no tengan acceso electrónico a la jurisprudencia del tribunal que revisa sus determinaciones.

Tratándose de la incorporación de la informática a la gestión de los litigios estamos en la edad de piedra. Debería permitirse, en una primera fase, y, luego, ordenarse, que el juez y las partes interactúen mediante documentos virtuales, lo cual permitiría que los expedientes fueran electrónicos. También que la notificación de actos procesales, salvo el de vinculación del demandado al proceso, se efectuara por internet. Y, por último, que el registro de las audiencias pudiera realizarse con soportes audiovisuales. Estas medidas, y otras de índole semejante, bajarían los costos de operación, harían la Justicia más eficiente y se traducirían en mejoras sustanciales en su calidad. Con estos objetivos en mente debe acometerse una profunda reforma de la legislación procesal.