Es inconstitucional: Asonal
Ante las medidas que tomó el Gobierno Nacional, los trabajadores de la Rama Judicial aseguraron que un estado de Conmoción Interior no tiene soporte jurídico porque se trata de una huelga pacífica.
"Si uno lee la Constitución, ese estado hace referencia a la alteración del orden público, no a un paro judicial pacífico", señaló Fabio Hernández, presidente de Asonal Judicial.
El sindicalista explicó que la Conmoción Interior hace referencia a hechos graves o alteración de orden público. "El paro no es deporte. Hay que encontrarle una salida dentro de las limitaciones que cada uno tiene. Le pedimos al Ministro del Interior y de Justicia que reactive la mesa de discusiones", dijo.
El presidente de Asonal Judicial desestimó las cifras del Gobierno, que señalan que el 64 por ciento de los trabajadores judiciales retornaron a sus actividades. "El 93 por ciento se mantienen en paro, los que tenemos que excluir son los empleados de las altas corporaciones judiciales. El paro se mantiene con la misma contundencia".
El viceprocurador general de la Nación, Carlos Arturo Gómez, aseguró que la Conmoción Interior no encaja de manera constitucional. "Existen mecanismos en la Rama Judicial, como la declaratoria de emergencia, en la que el Consejo Superior de la Judicatura puede crear jueces transitorios".