Histórico

Estatuto de juventud entra en vigencia el próximo año

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28 de diciembre de 2011

A punto de ser sancionado por el presidente de la República, Juan Manuel Santos, se encuentra un proyecto de ley que tiene como propósito promover la participación de los jóvenes al interior de la democracia.

Se trata del estatuto de juventud, una iniciativa que fue aprobada en sus cuatro debates por el Congreso de la República.

Aunque su trámite no fue fácil en el Congreso debido a que en 2010 se hundió en el cuarto debate, esta vez la iniciativa fue radicada por el propio Gobierno y se logró su aprobación con el respaldo asociaciones juveniles.

La norma servirá para otorgar mayores capacidades y oportunidades a los jóvenes del país a través de la creación del Sistema Nacional de Juventud y los Consejos de Juventudes de elección popular.

Así mismo, fija parámetros en cuanto a las inversiones sociales que debe hacer el Estado para la promoción y efectivo desarrollo de los derechos de los jóvenes.

"Esta iniciativa fija los lineamientos de una política pública orientada a la juventud colombiana. Les establece sus derechos, sus deberes, a todos aquellos muchachos entre los 16 y 26 años que quedarán cobijados con este proyecto", explicó el ministro del Interior, Germán Vargas Lleras, al momento de su aprobación.

La norma
Vargas Lleras explicó además que la ley estatutaria "también obliga a las entidades territoriales a incluir en sus planes y programas criterios que permitan materializar inversiones para la juventud".

La norma establece que todo un joven es aquella persona entre 14 y 26 años cumplidos, en proceso de consolidación de su autonomía intelectual, física, moral, económica, social y cultural y que las personas entre 14 y 17 años serán sujetos de especial protección.

Establece mecanismos para que los jóvenes puedan incidir en los aspectos de las políticas públicas que los afectan positiva o negativamente.

La iniciativa garantiza además los principios de inclusión y participación, en medio de la obligatoriedad de establecer una política diferencial para este sector poblacional.

Aunque las organizaciones juveniles promovieron que el proyecto incluyera la objeción de conciencia, con la que se evita, por ejemplo, la prestación del servicio militar obligatorio, finalmente este punto no fue incluido dentro del proyecto.