Histórico

Medios de comunicación y derechos del menor

12 de junio de 2011

Las reflexiones sobre el comentario de la lectora Ofelia Suárez B., relativo a la publicación de fotografías captadas en espacios públicos, continúa hoy con el tema de las imágenes de menores de edad y abre uno más amplio sobre los medios de comunicación y los derechos del menor y el adolescente.

El Editor de Fotografía de EL COLOMBIANO, Henry Agudelo C. señaló las posibilidades y limitaciones en la columna anterior. Y manifestó, además, que en el caso de los niños hay normas legales y éticas que están orientadas a la protección de la identidad.

El abogado Felipe Alberto Velásquez Fernández, Asesor de la Dirección para Asuntos Constitucionales y Legales, dice que "El periódico se asegura de que todos sus periodistas conozcan la ley vigente, que restringe cierta información relativa a menores de edad. Actualmente, la Ley 1098 de 2006, especialmente el artículo 47. Tanto mediante Memorando escrito de la Dirección del periódico entregado a todos los periodistas y editores, como en charlas y conferencias, se busca despejar dudas relativas a la información que se puede publicar y aquella que se debe reservar. Y el Asesor de la Dirección para temas legales está en permanente contacto con los periodistas, para el caso en que sea preciso ajustar un texto informativo".

Y añade: "Adicionalmente a los parámetros establecidos en la Ley, la Dirección del periódico informa y comunica a los periodistas instrucciones adicionales, como lo es, por ejemplo, la necesidad de dejar constancia en la información, de que las fotografías y nombres de menores de edad que se publican en el periódico, deben ser expresamente autorizados por sus padres o sus representantes legales, en los casos en que sí es posible divulgar esa información".

El memorando de la directora Ana Mercedes Gómez Martínez explica claramente los alcances de la legislación y los principios éticos de EL COLOMBIANO. En uno de sus apartes contempla que:

"No está permitida la publicación de fotos (ni siquiera veladas), nombre, entrevistas o datos que identifiquen o puedan dar lugar a la identificación (como las iniciales, contextura física, color de piel, edad, etc.) de menores de edad o de adolescentes, en ninguno de los siguientes casos: Cuando sean víctimas de delitos. Cuando sean autores (presuntos o condenados) de delitos. Cuando sean testigos de hechos delictivos...".

Explica el memorando que en cualquier circunstancia se debe obtener la autorización expresa y escrita de los padres, de quien tenga la patria potestad o del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. Tanto en el medio impreso como en la web debe agregarse a la información la siguiente nota: "Las fotografías y nombre del menor de edad/adolescente, son publicadas con la autorización expresa de sus padres".

Considero que EL COLOMBIANO respeta y protege celosamente la identidad de los menores en situaciones delincuenciales o que atentan contra la dignidad humana, acorde con el espíritu de la ley. También percibo una actitud positiva de análisis y discusión sobre estos asuntos.

Pienso, además, que estas disposiciones deben ser observadas por todos, no solo por los periodistas, a la hora de exponer a los niños en las redes sociales sin el consentimiento de los padres.

Esta reflexión continuará.

*Defensor del lector de EL COLOMBIANO