No comparendos generan dudas
El anuncio de que la Secretaría de Transportes y Tránsito de Medellín realiza un estudio para dejar de hacer comparendos en accidentes solo daños, despertó reacciones e inquietudes sobre el impacto que esta decisión ocasionaría.
Una de las que más preocupa es que de llegar a aplicarse se congestionarían los juzgados civiles y los casos para la Fiscalía.
Lo primero que hay que aclarar es que los comparendos en accidentes de tránsito solo daños son citaciones para audiencias de responsabilidad contravencional, es decir, para determinar si hubo una infracción de tránsito y sancionar. El Tránsito no hace audiencias de conciliación.
En caso de que las personas no lleguen a un acuerdo en el lugar del accidente tendrán que solicitar una audiencia de conciliación, cuyo costo debe ser asumido por las partes involucradas.
De no llegar a un acuerdo en esta instancia, el procedimiento a seguir es el mismo que hoy se da, que es demandar civilmente, por lo que no habría una sobrecarga para los juzgados civiles.
Según Luis Fernando Otálvaro, presidente de la Asociación Nacional de Empleados y Funcionarios Judiciales, Asonal, hasta el momento, como está la legislación para las personas que quieran obtener un resarcimiento por los daños causados en un accidente de tránsito deben acudir es a la justicia ordinaria o los jueces civiles municipales o del circuito, según la cuantía, porque en los organismos de tránsito no se define ese litigio.
Estos lo que deciden es quién cometió la infracción, es decir, quién es el responsable contravencionalmente y cuánto debe pagar por ella, pero no determina responsabilidades en accidentes de tránsito que conlleven a un pago patrimonial.
"Para nosotros seguiría igual, porque allá no se determinan las responsabilidades civiles", afirma Otálvaro.
La educación vial
Una de las argumentaciones del secretario de Tránsito, Ricardo Smith Quintero, para que se esté estudiando la abolición del comparendo en accidentes solo choques, es que en la mayoría de casos el agente de Tránsito no es testigo del suceso y el 97 por ciento de estos terminan con un curso pedagógico".
Para la abogada Martha Liliana Mora, esto va en contravía de una tarea esencial y de carácter social como es la educación vial.
"Esto demuestra que no le importa educar a la comunidad, sino el poder recaudar sanciones. La parte pedagógica no es esencial, pero sí la económica en detrimento de la colectividad", expresa Martha Mora.
Pero esto contrasta con las estadísticas de recaudo por este tipo de sucesos, que dan cuenta de más de 14.000 millones de pesos por sanciones a quienes no asisten a los cursos.
Además, se pregunta Martha Liliana ¿cómo haría la autoridad de tránsito para imponer las sanciones que se deriven como consecuencia del suceso vial?
Para ella también es muy preocupante el hecho de que con esto se pueda incentivar la impunidad. "Con esto cuando haya un choque, como el guarda no lo vio, no puede poner el comparendo, o sea que si está involucrado alguien por embriaguez, ni siquiera esto se va a sancionar", señala la abogada.
Frente a este tema el secretario de Tránsito (e), Carlos Andrés Pérez, asevera que todavía no se sabe que sucedería, pero que en Bogotá y Cali, donde ya funciona así, no hay información de que esto haya pasado. "No se han disparado los índices de accidentalidad, ni de impunidad".
Otro tema que inquieta es la potestad como autoridad sancionatoria del Estado que tiene el Tránsito, la cual es indelegable e irrenunciable, que en caso de suprimirse las audiencias por accidentes de tránsito cómo se impondrían las sanciones que se deriven como consecuencia de estos sucesos.
"Al igual que Bogotá y Cali, Medellín se tiene que amparar, en caso de que se tome esa decisión u otra, por las normas del Código Nacional de Tránsito (CNT), por eso estamos estudiando cómo opera en estas ciudades", explica Pérez.
Fotomultas
Otro de los argumentos expuestos recientemente por el titular de la cartera de Tránsito para suprimir el comparendo, es que se viene un proceso de implementación tecnológica que puede duplicar o triplicar las multas, especialmente con el montaje de las fotomultas, que empiezan a sancionarse económicamente desde este lunes primero de febrero.
Sin embargo, para la abogada Martha Liliana esto es poco probable, pues para imponer una sanción a un conductor este debe estar plenamente identificado y haber sido escuchado en audiencia pública, según lo estipula el CNT.
"Nosotros tenemos en el sistema la información de todos los conductores que tienen licencia y de los propietarios quienes deben informar sobre el conductor que en ese momento cometió la infracción, o si no se hará responsable de la misma", explicó Pérez.
Sin implementarse la medida, ya empieza a causar revuelo e inquietudes en su aplicación, pero como se dice: amanecerá y veremos.