"No es una ley Lleras recargada"
La aprobación del proyecto de ley sobre derechos de autor se dió en medio de un ambiente de confusión.
Con la sombra de la denominada "ley Lleras" al acecho, el Congreso de la República, en sesiones conjuntas, aprobó el proyecto de ley para implementar el Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos.
Se trata de la Ley 201 de 2012 que contiene temas relacionados con derechos de autor y hace parte de las leyes complementarias del TLC. (Lea: Si no hay contratiempos, en 2 meses regirá el TLC)
El debate en el Capitolio estuvo candente por cuenta de uno de los mayores opositores a la iniciativa, el senador del Polo, Camilo Romero, quien señaló que "con la implementación del TLC viene camuflada la ley Lleras". (Escuche: Usuarios opinan que es la "ley Lleras" recargada)
En respuesta al senador Romero, el ministro del Interior, Germán Vargas Lleras , lo responsabilizó de estar desinformando al país sobre el alcance de la ley.
"Detrás de todo esto hay un componente político que además está haciendo un mal uso de la información, tergiversa el alcance de las disposiciones y convirtió esto en una bandera política", manifestó.
No son lo mismo
Frente a las similitudes que podría presentarse con la llamada "ley Lleras", que se tumbó a finales de 2011, la abogada Sol Beatriz Calle D´Aleman , doctorada en derecho de Tecnologías y Propiedad Intelectual, explica que hay diferencias.
En su opinión, la "ley Lleras" tenía como eje la responsabilidad de los proveedores de servicios de internet, que debían controlar la violación de los derechos de propiedad intelectual en los portales a los cuales se les prestaran los servicios.
"Su fundamento está cifrado en cómo lograr que las obras divulgadas y/o comunicadas a través de internet no sean reproducidas de manera ilícita, esto es, sin autorización del titular de los derechos". En este sentido, seguía el mismo espíritu de normas como la española o la francesa, ya aprobadas.
No obstante, continúa la experta, lo que se aprobó ayer, tiene un punto de partida, la Ley 23 de 1982. Con ello, "reforma algunas de sus normas, adiciona otras, pero tiene el sentido de regulación de los derechos de autor de manera similar a algunas normas del copy right norteamericano, sin que se pueda afirmar que se trata de una regulación de la propiedad intelectual en un medio virtual como internet".
Por lo menos esto es lo que se desprende del proyecto de ley que hasta ahora se conoce.
En esta línea, Sergio Díaz-Granados , ministro de Comercio Exterior expresó: "No es una ´ley Lleras´ recargada como lo están haciendo ver. Esa buscaba retirar material infractor de los sistemas informáticos, regular la responsabilidad de los proveedores de servicio de internet, y nada de eso lo dispone la ley aprobada ayer en el Congreso".
Lo que se consignó ayer, dice el Ministro, pretende volver ley unos articulos que ya estaban contemplados dentro del TLC y son obligaciones pactadas.
"En el Código Penal Colombiano se castigan los verbos importar, vender, difundir y distribuir cualquier tipo de material con fines comerciales sin permiso de los autores. Faltaba incorporar el verbo rector exportar", indicó.
Añadió que es falso que se restrinjan o impidan las garantías y derechos de los cibernautas. Para la abogada Calle D´Alemán, una cosa es la propiedad intelectual y otra es el derecho de expresión, por lo que el problema esta mal planteado.
"No es un problema de control de regulación de internet o control de contenidos, es un problema de cómo se puede asegurar la no violación de los derechos de autor o derechos conexos cuando la obra se digitaliza y se sube a un portal web".
Otros temas
En concreto, la protección sobre los derechos de autor para corporaciones o personas jurídicas, bajo este nuevo marco jurídico, subió de 50 a 70 años, y se rebajó la cuota de pantalla del 50 por ciento de producción nacional al 30 por ciento los fines de semana y festivos, describió el representante a la Cámara y ponente de la ley, Augusto Posada.
Para la abogada Calle D'Aleman, hay asuntos que habría que indagar más a fondo. Uno de ellos abarca el tema del software, pues se determinan parámetros de protección que no existían en la Decisión 351 de 1993 y decreto 1360 de 1989, "únicas normas en Colombia que contemplan las creaciones informáticas asimilándolas a obras literarias".
De hecho, la industria norteamericana del software, en la que se incluye la de los videojuegos, más que la del entretenimiento, podría haber presionado el contenido de la Ley con la pretensión de que los derechos de autor se protejan de forma adecuada.
Habrá que esperar si en la vigencia del TLC entre Colombia y Estados Unidos, en este último país se reabre el debate sobre nuevas regulaciones para los contenidos en internet (Sopa/Pipa), lo que podría generar repercusiones en la legislación colombiana vigente.
No se puede olvidar que en Colombia aún faltan muchos aspectos por reglamentar en diversos sectores de la economía, lo que, por supuesto, incluye los derechos de autor.