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Razones para desocupar una casa arrendada

Problemas de daños en la propiedad, convivencia, ruido y cancelación del arriendo son las causas más comunes por las cuales la gente termina un contrato de arrendamiento. Entérese de qué hacer en estos casos.

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18 de noviembre de 2011

Cuando una persona arrienda una casa o apartamento espera que éste sea un lugar especial donde pueda descansar con su familia y gozar de los servicios básicos de vivienda. Sin embargo, en muchas ocasiones se encuentran con algunos problemas que le impiden tener esta tranquilidad.

"Las humedades es una de las causas más comunes por las que en la agencia se da por terminado un contrato de arrendamiento porque éstas se perciben mucho. En este caso nosotros como agencia llamamos al propietario le enviamos cotizaciones y él decide si hace el arreglo con los proveedores nuestros. El propietario procede al arreglo inmediatamente pero otras veces las humedades son muy graves y no se solucionan en corto tiempo", señala Lucy Baena, encarga del área de mantenimiento de Abad Faciolince Inmobiliaria.

De acuerdo con Isabel Cristina López, directora jurídica de La Lonja Propiedad Raíz de Medellín y Antioquia, las razones más frecuentes por las que un arrendatario decide poner fin al contrato de arrendamiento son: porque el inmueble se encuentra en mal estado de conservación, lo que le impide a quien lo ocupa un disfrute pleno de éste o incluso el mal estado del inmueble le genera algún tipo de perjuicio. También imposibilidad de pagar el canon de arrendamiento y algunos aspectos relacionados con la convivencia entre vecinos.

La jurisprudencia ha determinado que en el tema de reparaciones hay unas que son necesarias y otras locativas. Las primeras son aquellas que no permiten que el inmueble funcione como las redes de acueducto y eléctricas. Este tipo de reparaciones le corresponden al arrendador. Las segundas son aquellas que se producen a causa del deterioro por el uso. Por ejemplo, la pintura. El arrendador entrega el inmueble pintado pero cuando el arrendatario por mal uso deteriora la pintura en este caso le corresponde al arrendatario.

"El tema de las reparaciones es un tema complejo y no podemos decir que está a cargo de uno u otro. Porque por ejemplo, una persona está buscando un inmueble que necesariamente tenga agua caliente. Si se daña la tina de gas para al arrendador no es importante porque no es determinante para que el inmueble pueda ser utilizado, pero para el arrendatario fue determinante tomar el inmueble por este servicio", detalla López.

Tenga en cuenta la ley
Es recomendable que en el momento de la entrega de un inmueble al arrendatario se le haga un inventario y se le dé unas fotos del estado en el que se encuentra la propiedad.

Además, se debe tener en cuenta lo que estipula La Ley 820 de 2003 que es el régimen de arrendamiento para la vivienda urbana. Cuando una persona arrienda una propiedad sea en calidad de arrendador o arrendatario debe mirar esta norma y saber qué obligaciones tiene cada uno.

"Esta ley establece algunos aspectos como que el arrendador está obligado a respetar el término del contrato de arrendamiento. Sin embargo, el propietario puede solicitar la entrega de éste pero tiene que indemnizar al inquilino con el equivalente a tres meses de arrendamiento", Anselmiro Bañol Sánchez, presidente de la Asociación de Consumidores de Medellín.

Reglas de convivencia

En cuanto al tema de problemas de convivencia con los vecinos y el ruido cabe aclarar que las edificaciones y soluciones de vivienda tienen que someterse a la Ley 675 que es la que reglamentaria de la propiedad horizontal y quien la utiliza, sean dueños o arrendatarios, tienen que someterse a un reglamento de convivencia.

Por ejemplo, las mascotas que no hayan sido autorizadas por la Secretaría de Medioambiente o la respectiva inspección de policía no se pueden tener. Otra cuestión que controla son las fiestas y el ruido.

"Para los inmuebles que se encuentran bajo el régimen de Propiedad Horizontal, sus ocupantes cuentan con organismos internos de la copropiedad como es el comité de convivencia, para tratar de resolver las diferencias que se presenten entre los vecinos. Por fuera de la copropiedad las personas pueden acudir a las inspecciones de policía y buscar mediaciones", dice López.

Los inconvenientes que se evidencien en el inmueble deben ser puestos en conocimiento del propietario, en los casos en que el contrato de arrendamiento se haya celebrado directamente con éste. Si se realiza a través de una inmobiliaria debe ser con ésta con quien se establezca las soluciones adecuadas.