Reforme su inmueble, pero no olvide la licencia
Algunas personas por su afán de construir, inician la obra sin pedir las licencias necesarias. Sin embargo, solicitar la licencia previamente a la Curaduría Urbana y legalizar las reformas ya realizadas puede prevenir que se presenten problemas posteriores y en algunos casos puede representar un ahorro.
Algunos piensan que por ser propietarios de un predio se les faculta para hacer cualquier modificación en su inmueble. No obstante, se debe tener presente que para realizar algunas reformas es necesario solicitar licencias en las curadurías y en el caso de haber iniciado las obras sin dicho permiso, la legalización puede evitar problemas a futuro.
Sobre el tema, Jairo Hernando Upegui Jaramillo, ingeniero civil, asesor de la Curaduría Cuarta y de Asurbe y gerente de Ingeniería de Consulta en Estructuras, enfatiza en que lo más importante antes de empezar un proceso de reforma de vivienda es tener claro qué es lo que se va a hacer. Si es una adición y si es a nivel de primer piso o en altura, además de tener claro si esa adición involucra o afecta la estructura de la edificación, con eso se procede a solicitar el permiso en la curaduría respectiva.
Así mismo, Juan David Gómez Restrepo, asesor de la Curaduría Cuarta, explica: "el decreto nacional 1469 de 2010 establece toda la parte de trámites para licencias de construcción. Hay que tener presente que es diferente cuando estoy solicitando un permiso a cuando ya he ejecutado una obra. En el primer caso, se llama licencia de construcción y las hay de muchos tipos: para ampliación, modificación, reforzamiento estructural, entre otras. Ya lo que se trata de aquellas construcciones que están ejecutadas y que necesitan ser legalizadas, se llama reconocimiento de la existencia de una edificación".
Según explica Juan David Gómez Restrepo, "no necesita licencia lo que la norma establece como refacciones locativas que son aquellas que mantienen o generan que la edificación existente permanezca en buenas condiciones de mantenimiento: pintura, cambio de alcantarillado, instalación de la red de gas".
Con quién asesorarse
Para realizar una reforma es necesario recurrir a tres grupos de profesionales: un arquitecto que indique si la reforma o modificación que se va a hacer está permitida dentro de los requisitos legales, sea el plan de ordenamiento territorial o la normatividad propia del sitio donde esté emplazada la vivienda.
El segundo grupo es de ingenieros de suelos, porque si bien es cierto que la Ley 400 en el Título H10 establece todos los requisitos para un estudio de suelos completo, cuando se va a hacer una reforma, ampliación o modificación hay que revisar la cimentación existente para saber si es o no capaz con la reforma que se piensa implementar.
Y el tercero, es de ingenieros diseñadores estructurales o patólogos que deben revisar la estructura existente y, una vez implementada la reforma, que la estructura siga teniendo las características de resistencia que establece el reglamento. Así lo explicó Jairo Hernando Upegui.
Sea cuidadoso al reformar
Según Upegui Jaramillo, pueden ser riesgosas aquellas reformas donde se compromete la integridad estructural de la vivienda y ésta pierde características de resistencia, mientras que si la reforma es una intervención menor o que no afecta la resistencia, no hay que hacer ni el estudio de suelos, manifestado en el Título H10 de la Ley 400, ni la revisión estructural, establecida en el Título A10, sino que una carta que establezca esto sería suficiente.
Por otro lado, comenta el ingeniero que entre las reformas realizadas frecuentemente, están: el cambio de techo por loza, el cambio de uso, es decir, cuando una edificación concebida y contruida como vivienda pasa a ser oficina y cuando se busca partir una edificación en varias unidades de vivienda.
Además, explica que los errores más comunes son: el cambio de cubierta porque muchas veces no se tiene un diseño estructural ni ninguna revisión. Y en el caso de la división de edificaciones en varias unidades de vivienda, la gente presenta propuestas estructurales, un concepto que de acuerdo con la norma, no tiene asidero legal.