Sin licencia, proyecto VIP en Castropol
SECRETARÍA DE PLANEACIÓN resolvió a favor de la comunidad el recurso de apelación en contra de la firma que pretendía construir 72 viviendas de interés prioritario en El Poblado. Otros dos proyectos fueron denunciados ante la Fiscalía, con lo que ya son 24.
Con agrado recibieron los habitantes del sector de Castropol, en El Poblado, la revocatoria de la licencia al proyecto mixto de Vivienda de Interés Prioritaria, por parte de la Secretaría de Planeación de Medellín.
Tres asuntos básicos se tuvieron en cuenta para resolver en favor de la comunidad el recurso de apelación interpuesto contra el licenciamiento del proyecto que le había otorgado la Curaduría Cuarta.
Uno tiene que ver con la valoración del proyecto en términos económicos en relación con la tipología de VIP con el cual se otorga la licencia.
"Se hace un análisis y se plantea que dado el sitio, el valor del suelo y de la construcción, el proyecto no encaja dentro de los que pueden llamarse de interés prioritario", señala Juan Diego Lopera, subdirector de Planeación Territorial.
De acuerdo al informe de la Secretaría de Hacienda y a la Subsecretaría de Catastro, el valor metro cuadrado para el sector donde se ubica el inmueble es de dos millones 800 mil pesos, siendo el valor por metro cuadrado del lote de 670 mil pesos.
Sumados los costos de construcción y de impuestos el valor total del proyecto es de 6.772 millones 836 mil pesos que, confrontado con el total de ingresos por venta de los 72 apartamentos, calculado en 2.811 millones 900 mil pesos, si se vendieran por el precio máximo permitido para esta tipología de vivienda de interés prioritario (37 millones de pesos), el proyecto quedaría deficitado en 3.960 millones 936 mil pesos.
De ahí que se estuviera condicionando la compra del apartamento a la adquisición del parqueadero por 30 millones de pesos, más otros 10 millones de pesos para los acabados, pues se entregaría en obra negra.
Otro de los puntos es el de las celdas de los parqueaderos de los sótanos, que como estaban dispuestos en el desarrollo presentaba problemas de funcionalidad.
Lo otro tiene que ver con el decreto 2060, que establece unas obligaciones para los desarrollos VIP, entre ellas garantizar el 25 por ciento del área útil urbanizable para espacio público y equipamientos, o sea 225 metros cuadrados, pero al predio le quedan faltando 68,81 metros cuadrados para cumplir la norma.
Además, de acuerdo a la Unidad de Medio Ambiente y Geología de la Secretaría de Planeación, el uso del suelo donde se pretende desarrollar el proyecto requiere de un estudio geotécnico de detalle que involucre la estabilidad del predio, teniendo en cuenta que se deben hacer excavaciones profundas que pueden afectar las propiedades vecinas.
"Para el sector de El Poblado se ha planteado que los estudios de suelo no sean únicamente del lote a intervenir, sino también del entorno inmediato para valorar las condiciones externas que puedan afectar el proyecto", explicó Lopera.
Agregó que la Curaduría solo revisó el aspecto geotécnico del sitio en el que se iba a desarrollar el proyecto y no le exigió el estudio complementario.
También se encontró que el proyecto no cumplía con algunas normas de detalle en términos urbanísticos, como la separación de accesos próximos a la rampa y de radios de giros para los parqueaderos.
Uno de los vecinos afectados con el proyecto, Javier Palacio, dijo que "por fin Planeación tomó cartas en el asunto para que no se cometiera una arbitrariedad de estas a la ciudad, pues un proyecto de Vivienda de Interés Prioritario en estrato 6, es imposible".
"Pretendían en un lote de 200 metros cuadrados hacer 72 apartamentos con muy pocos parqueaderos", explica Palacio.
También les inquietaba que en El Poblado, con la escasez de zonas verdes con las que ya cuenta, se licenciara un proyecto con unas supuestas características, con unas mínimas obligaciones urbanísticas, pero que en realidad tenía las especificaciones de un proyecto de estrato seis.
La resolución consigna que contra esta decisión no procede recurso alguno en vía gubernativa, por lo que ahora el constructor debe buscar otra destinación al lote con una licencia distinta, o demandar ante el Tribunal Administrativo la resolución de revocatoria de la licencia.