Estas son las 6 conductas no permitidas para los servidores públicos en elecciones
Evitar la Indebida Participación en Política es el mensaje de la Paz Electoral y La Línea que no se cruza, estrategias de la Procuraduría para vivir una jornada electoral segura y tranquila.
La Indebida Participación en Política es la conducta o participación de un servidor público en actividades y/o controversias electorales, causas o campañas de partidos y movimientos políticos.
¿Para quiénes aplica y quiénes están exceptuados?
Esto aplica para todos los servidores públicos en cualquier nivel. Excepto para los congresitas, diputados, concejales y ediles.
Estas son las 6 conductas no permitidas
1. Hacer, financiar o promover campañas políticas en su calidad de funcionario del Estado.
2. Presionar o favorecer a subalternos para apoyar candidatos.
3. Usar recursos públicos en reuniones o actividades políticas.
4. Difundir propaganda electoral.
5. Inclinar o autorizar el uso del aparato estatal a favor o en contra de una causa o partido.
6. Usar información reservada de la entidad con fines políticos.
Sin que se consideren las únicas.
¿Cuáles son las sanciones?
Disciplinarias: dependiendo de la calificación de la falta, atendiendo a su gravedad, puede llegar incluso a la destitución o inhabilidad.
Penales: delito de intervención (indebida) en política. Multa o destitución del cargo público.
Estas son las 3 conductas no prohibidas
- Ejercer libremente elderecho al sufragio (excepto miembros dela Fuerza Pública).
- Difundir información general, opinar o intervenir en debates de interés colectivo ajenos a la contienda electoral o partidista.
- Inscribirse como miembros de los partidos.
¿Dónde informar alguna violación a la ley?
En la página www.procuraduría.gov.co y sede electrónica PGN. En las ventanillas de atención presencial en las sedes a nivel nacional. O en las líneas telefónicas:
• PBX: (601)5878750 Opción 1
• Línea nacional: 01 8000 940 808 Opción 1
*Contenido realizado en alianza con la Procuraduría General de la Nación.