Consejo de Estado negó la muerte política para los congresistas que aportaron a la vaca por las vías 4G en Antioquia
El Alto Tribunal ratificó la decisión en primera instancia y determinó que las donaciones no constituyeron una contratación estatal. Estos fueron los argumentos del fallo.
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A través de un fallo de segunda instancia, la Sala Plena del Consejo de Estado ratificó la decisión de mantener la investidura de nueve congresistas que fueron demandados por haber aportado dinero a la vaca destinada a vías 4G en Antioquia.
La demanda estaba dirigida a los entonces legisladores Paloma Valencia, Esteban Quintero, Andrés Guerra, Paola Holguín, María Fernanda Cabal, Juan Fernando Espinal, Hernán Cadavid, Jhon Jairo Berrío y Julián Peinado, elegidos para el legislativo en el período 2022-2026.
La acción judicial la interpuso el abogado Carlos Mario Patiño alegando que los congresistas habían violado el régimen de incompatibilidades e inhabilidades que prohíbe a los congresistas celebrar contratos con entidades públicas. Para el jurista, el desembolso configuró un contrato estatal de donación entre los congresistas y el departamento.
¿Qué dijo el Consejo de Estado sobre los congresistas que aportaron a la vaca por las vías en Antioquia?
En su fallo de segunda instancia, el Consejo de Estado determinó que no hubo existencia de un contrato, ya que el Estatuto de Contratación Estatal establece que los contratos de las entidades públicas son solemnes y deben constar por escrito y, en este caso no existió ningún documento o acuerdo escrito formalizado.
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Para el alto tribunal, el hecho de que el gobernador de Antioquia, Andrés Julián Rendón, expidiera el Decreto 2024070001536 de marzo de 2024 denominando las aportaciones como “donaciones” no convierte automáticamente el acto en un contrato estatal.
Asimismo, la Corte explicó que conforme al Artículo 1443 del Código Civil, la donación es un acto que requiere la aceptación explícita y formal del beneficiario y al no emitirse dicha aceptación de los aportes por parte de la Gobernación, el “contrato” no se perfeccionó.
Sobre esto, cabe recordar que tras desatarse un debate mediático por las donaciones, los congresistas Valencia, Cabal y Cadavid pidieron el reembolso de sus recursos, por lo que la Secretaría de Hacienda de Antioquia realizó la devolución al constatarse que el trámite no se había perfeccionado.
Por otra parte, el tribunal consideró que los aportes no constituyeron tributos ni contribuciones impositivas, sino una expresión de solidaridad social y colaboración ciudadana permitida por la Constitución. Además, no se comprobó que los congresistas persiguieran un interés particular, provecho personal ni un rédito político o electoral valiéndose de su investidura.
Este fallo ratifica la decisión en primera instancia dada en junio de 2024 donde la Sala Segunda Especial de Decisión de Pérdida de Investidura se negó a la muerte política de los demandados.
La acción judicial se dio tras la iniciativa surgida en marzo de 2024 donde el gobernador Rendón impulsó una recaudación o donatón pública conocida como la “vaca”, con el fin de recolectar recursos para financiar la culminación de los proyectos viales de cuarta generación en el departamento.
En respuesta, los congresistas ya mencionados respaldaron la colecta realizando consignaciones a título personal de montos que oscilaron entre 1 y 1,5 millones de pesos por legislador.
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Preguntas y respuestas
- ¿El Consejo de Estado quitó la investidura a los congresistas que aportaron a la “vaca” de Antioquia?
- No. La Sala Plena del Consejo de Estado ratificó que los nueve congresistas conservarán su investidura, al concluir que sus aportes no configuraron una causal de pérdida de investidura.
- ¿Qué congresistas fueron demandados por aportar dinero a la “vaca” de Antioquia?
- La demanda involucró a Paloma Valencia, Esteban Quintero, Andrés Guerra, Paola Holguín, María Fernanda Cabal, Juan Fernando Espinal, Hernán Cadavid, Jhon Jairo Berrío y Julián Peinado.
- ¿Por qué las donaciones de los congresistas a la “vaca” no fueron consideradas un contrato estatal?
- El Consejo de Estado determinó que no existió un contrato porque no hubo un documento o acuerdo escrito. Además, la Gobernación de Antioquia no formalizó la aceptación de las donaciones, requisito necesario para perfeccionar el acto.