Paz Electoral, estas son las 6 conductas no permitidas para los servidores públicos en elecciones
La Procuraduría General de la Nación presentó la iniciativa que contiene los lineamientos en este tema. La estrategia explica las conductas no prohibidas y las conductas no permitidas en política para los servidores públicos de cara a la jornada electoral del 31 de mayo y una eventual segunda vuelta en junio.
Con un enfoque pedagógico dirigido a evitar la “indebida participación en política”, Gregorio Eljach Pachecho, Procurador General, presenta la evolución de la Paz Electoral. Su mensaje está centrado en los límites que tienen los servidores públicos en las elecciones.
“La Paz Electoral en su primera versión fue un éxito rotundo, salió adelante; la expectativa que había se colmó con creces, hubo participación de todos los sectores. Quiero agradecer especialmente a todos los que nos ayudaron a llevar este mensaje a lo más recóndito del territorio nacional. Colombia entera está agradecida con la Paz Electoral”, asegura.
Para el jefe del Ministerio Público es fundamental que todos los servidores actúen apegados al cumplimiento de la Constitución, la ley y la moral pública. Por ello, el mensaje central de “La línea que no se cruza” es establecer esas prohibiciones y actos que se permiten.
Además, Gregorio Eljach Pachecho pidió a todos los procuradores regionales y provinciales su colaboración para divulgar esta guía pedagógica. “Nosotros somos el faro, la magistratura moral de la Nación, y para eso tenemos que convocarnos y convertir esto en realidad. Sé de su compromiso, pero ayúdenme a que este mensaje llegue a todos los colombianos, a todos los servidores públicos, con esto estamos cumpliendo nuestro mandato y con eso garantizaremos el buen suceso de las elecciones presidenciales”.
Las 6 conductas no permitidas*:
1. Hacer, financiar o promover campañas políticas en su calidad de funcionario del Estado.
2. Presionar o favorecer a subalternos para apoyar candidatos.
3. Usar recursos públicos en reuniones o actividades políticas.
4. Difundir propaganda electoral.
5. Inclinar o autorizar el uso del aparato estatal a favor o en contra de una causa o partido.
6. Usar información reservada de la entidad con fines políticos.
*Solo están exceptuados de estas prohibiciones que establecen la Constitución y la Ley, congresistas, diputados, concejales y ediles.
¿Cuáles son las sanciones?
Disciplinarias: dependiendo de la calificación de la falta, atendiendo a su gravedad, puede llegar incluso a la destitución o inhabilidad.
Penales: delito de intervención (indebida) en política. Multa o destitución del cargo público.
Conductas no prohibidas a los servidores públicos:
1. Difundir información general, opinar o intervenir en debates de interés colectivo ajenos a la contienda electoral o partidista.
2. Ejercer libremente el derecho al sufragio (excepto miembros
de la fuerza pública).
3. Inscribirse como miembros de los partidos.
¿Dónde denunciar?
La Entidad puso a disposición varios medios:
- La línea en Bogotá: (601) 587 87 50 - Opción 1
- A nivel nacional el: 01 8000 940808
-La sede electrónica de la entidad: procuraduria.gov.co
“Ojalá podamos acostarnos sabiendo que hicimos algo por la democracia y evidenciar que con nuestra actividad todos estamos comprometidos, y terminemos con la tranquilidad de que los cuatro años que vengan tendremos mejores instituciones”, dice Gregorio Eljach Pachecho, Procurador General de la Nación.
*Contenido en colaboración con la Procuraduría General de la Nación.