Colombianos podrán retirar hasta el último peso de sus cuentas
Periodista de Economía y Negocios. Amante de la vida, con una familia que inspira a esforzarse todos los días a hacer mejor las cosas, una de ellas el periodismo. Egresado de la UPB.
Con la sanción de la Ley 1793 del 7 de julio de 2016 por parte del presidente de la República, Juan Manuel Santos, los usuarios del sistema financiero podrán disponer de todo el dinero depositado en sus cuentas de ahorros, sin la obligación de dejar un saldo mínimo en las mismas.
La nueva norma precisa que los clientes de las entidades autorizadas para captar recursos del público, a través de cuentas de ahorro y/o depósitos electrónicos, podrán disponer de todo el dinero que tienen depositado en sus cuentas de ahorros o depósitos electrónicos.
Ya no tienen la obligación de mantener un saldo mínimo. En este sentido, indica que las entidades facilitarán los mecanismos para este fin sin que el cliente incurra en costos adicionales.
Así mismo, según la norma y en cuanto a las cuentas de ahorros, las entidades autorizadas para captar recursos del público solo podrán cobrar costos financieros y transaccionales, por los primeros 60 días de inactividad.
Asimismo, si no se registran movimientos financieros por parte del usuario.
El texto de la ley advierte que en ningún caso, se podrán hacer cobros retroactivos cuando el titular de la cuenta haga nuevos depósitos o movimientos, que cambien la condición de inactividad de la misma.
En la norma se aclara que se considerará como inactividad la “no realización de alguna operación en la cuenta de ahorros, como cualquier movimiento de depósito, retiro, transferencia o en general cualquier débito o crédito que afecte a la cuenta de ahorros”.
Sin embargo, habrá excepción de los créditos o débitos que la institución financiera realice para abonar intereses o cobrar costos financieros transaccionales.