Convocar consulta popular por decreto es delito, alertan gremios empresariales
Juristas explican en un informe los efectos jurídicos de un decreto firmado por los ministros para convocar consulta popular.
La declaración del presidente, Gustavo Petro, de convocar la consulta popular por decreto ha generado conmoción entre las distintas compañías y empresas del país.
Por eso, los gremios económicos y otras organizaciones advirtieron al Gobierno que convocar la consulta por decreto es un delito. Asimismo, los gremios les piden a los ministros que no firmen la solicitud del presidente Petro.
Bruce Mac Master, presidente de la Asociación Nacional de Industriales, Andi, publicó en X que a los ministros les “corresponde cumplir la ley” antes de seguir órdenes del presidente y agregó que “si llega a incumplirla no tendrán la excusa de que fue una orden del presidente”.
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En una carta abierta enviada este 9 de junio a los ministros del gabinete nacional, un grupo de organizaciones civiles y gremiales advirtió sobre la ilegalidad de convocar una consulta popular mediante decreto presidencial sin el concepto previo favorable del Senado.
¿Qué dice el documento de los abogados sobre la consulta popular?
Mac Master comentó que unos abogados prepararon una comunicación dirigida a los ministros en la que explican el alcance de la decisión que tomarían si firman el decreto.
En el documento se expone que la Constitución Política dice que “el artículo 104 establece que la convocatoria de consulta popular nacional requiere concepto previo favorable del Senado” y agregan que el Senado ya rechazó la autorización.
Por otro lado, el fin de semana, el presidente Petro a través de su cuenta de X declaró que el “Ministro que no firme el decreto presidencial de inmediato se va”, haciendo referencia al decreto que convoca a la consulta.
En el documento, los firmantes recuerdan que esta competencia es exclusiva del Congreso, según lo establecido en el artículo 104 de la Constitución, y recalcan que el Senado ya negó esa autorización. Aseguran que cualquier decreto en ese sentido sería abiertamente inconstitucional, exponiendo a los ministros firmantes a consecuencias penales y disciplinarias por incurrir en prevaricato.
La carta cita la jurisprudencia de la Corte Constitucional y las advertencias públicas del procurador general, quien ha señalado que sin el aval del Senado no puede convocarse una consulta nacional.
Asimismo, recuerda que el artículo 115 de la Carta Política y el Código Penal responsabilizan a los ministros por los actos que firman, estableciendo sanciones de hasta 8 años de prisión para quienes expidan normas contrarias a la Constitución. En ese sentido, las organizaciones instan a respetar el Estado Social de Derecho y a actuar con responsabilidad institucional.
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