Este 24 de junio la Corte Constitucional notificará suspensión de la reforma pensional a la Cámara
La Corte Constitucional suspendió temporalmente la entrada en vigor de la Ley 2381 de 2024. La Cámara de Representantes tendrá que rehacer el cuarto debate.
Periodista de EL COLOMBIANO.
La reforma pensional, una de las banderas del Gobierno Petro, no podrá entrar en vigencia el 1 de julio como estaba previsto.
En una decisión unánime, la Corte Constitucional suspendió provisionalmente la Ley 2381 de 2024, tras encontrar vicios de procedimiento en su trámite legislativo.
La noticia la confirmó este martes 17 de junio la Corte, que anunció que comunicará oficialmente el fallo a la Cámara de Representantes el 24 de junio, cuando también se dará inicio al conteo de 30 días hábiles para subsanar los errores detectados.
El Congreso deberá volver a tramitar el proyecto en sesión plenaria, particularmente para votar de forma adecuada una proposición sustitutiva presentada por la representante María José Pizarro, que no cumplió con el tiempo reglamentario de debate.
El fallo: qué dice y qué implica para la ley 2381
La Corte no tumbó la ley de fondo, pero sí la suspendió en su aplicación mientras se subsanan los errores.
La Cámara deberá discutir y votar de nuevo la proposición sustitutiva, cumplir con mínimo 3 horas de debate, como exige el reglamento, y corregir el texto, recolectar firmas y rendir informe al alto tribunal.
Solo cuando la Corte se pronuncie de fondo sobre la constitucionalidad de la Ley 2381, esta podrá entrar en vigencia.
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Mientras tanto, la norma queda congelada, con excepción de dos artículos que siguen vigentes:
-Artículo 12, sobre la selección de las entidades administradoras del componente complementario de ahorro individual (ACCAI).
-Artículo 76, que regula la ventana de oportunidad para que los afiliados se trasladen de régimen pensional.
Estos artículos siguen produciendo efectos, lo que implica que los traslados ya realizados se mantienen firmes y que el mecanismo continúa habilitado hasta que se perfeccione la ley.
¿Qué puede pasar ahora en el Congreso?
Según Asofondos, el Congreso tiene varias rutas posibles:
1. Rehacer el cuarto debate en la Plenaria de la Cámara y votar nuevamente los puntos cuestionados.
2. Aceptar o negar la proposición sustitutiva, lo que podría implicar volver al texto anterior.
3. Si se generan cambios, el proyecto tendría que ir a conciliación, para lo cual hay plazo hasta el 20 de junio de 2026, cuando termina la próxima legislatura.
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Todo esto depende del contenido del Auto de la Corte, que será notificado oficialmente el 24 de junio. Solo desde esa fecha empezarán a correr los 30 días hábiles para corregir los errores.
Asofondos: la decisión evita un caos jurídico
Desde el sector privado, la noticia fue recibida con cautela, pero también con algo de alivio. Andrés Velasco, presidente de Asofondos, gremio que agrupa a Colfondos, Porvenir, Protección y Skandia, destacó la oportunidad de la decisión.
“Resaltamos la importancia de que la Corte haya decidido antes del 1 de julio. Esto evita complicaciones operativas y jurídicas”, afirmó Velasco.
El dirigente gremial también señaló que, mientras se perfecciona el trámite, las administradoras seguirán aportando a la construcción de un sistema pensional más justo y sostenible para los colombianos.
“Desde Asofondos estamos atentos al Auto para tener claridad sobre los tiempos y pasos que se deben seguir. Nuestro objetivo es que el resultado final sea viable para los trabajadores y para el país”.
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