Economía

Cambios en la cotización para los independientes

Con la presunción de gastos, los trabajadores por cuenta propia tendrán un valor exacto para, a partir de allí, hacer pagos de pensión y salud.

18/02/2020

Las reglas de cotización para los trabajadores independientes quedaron establecidas. De acuerdo con la Unidad de Pensiones y Parafiscales (Ugpp) en el país se fijó una nueva hoja de ruta para simplificar el proceso de pago que hace el 43 % de los ocupados –según el Dane– a sus obligaciones en pensión y salud. La resolución 209 de 2020 da forma a una política que se incluyó en el Plan Nacional de Desarrollo (2018-2022) y en la reciente aprobada Ley de Crecimiento.

El plan que lanza el Gobierno se conoce como esquema de presunción de costos, que permite hacer una suerte de estimado, dependiendo del sector, de los gastos a los que incurre un trabajador con ingresos mayores a un salario mínimo y, con base en ellos, fijar el porcentaje de ganancia definitivo para calcular el pago del 16 % en pensión y del 12,5 % en salud –no aplica en riesgos laborales, pues la ley no obliga a cancelar ese parafiscal a trabajadores independientes–.

Según la resolución, “que utilizó estudios y cálculos detallados para establecer los porcentajes” –según dijo Jorge Mario Campillo, director de parafiscales de la Ugpp– un productor de agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca destina hasta el 73,9 % de sus ingresos en gastos relacionados a su trabajo. Esto quiere decir que sobre el 26,1 % restante, que vienen a ser sus utilidades es sobre lo que se debe realizar el pago del 40 % para saldar los parafiscales (ver Informe).

Hay que aclararles a los independientes que la planilla de pago (Pila) no cambiará, y en el monto de ingresos debe especificarse la cifra establecida como utilidad, es decir, lo que queda tras excluir los gastos.

Para tenerlo más claro, la idea de la nueva directriz es que si un productor de café no contaba con los sustentos físicos para demostrar los gastos a los que recurría por sus labores, este se veía en la obligación de cotizar el 40 % sobre los ingresos brutos (es decir, sin gastos de operación). La norma permite presentar gastos referentes al trabajo como independiente para que el pago final de salud y pensión no sea tan alto y corresponda al monto de las ganancias.

“Es un beneficio importante para gran parte de la fuerza productiva en Colombia. Pensamos en aquellos sectores que son propensos a la informalidad. Es una oportunidad para aquellos trabajadores que no tenían soportes físicos con la idea de establecer cuál era el gasto exacto sobre el que se iba gran parte de sus ingresos”, dijo Campillo.

Según la Ugpp son cinco los sectores en los que se destinan más del 70 % de los ingresos en funcionamiento; siendo el de comercio en reparación de automotores y motos el más importante, con el 75,9 %.

La resolución deja en claro que esta forma de cotización sólo es permitida para aquellos trabajadores que tengan un negocio propio, o lleven a cabo labores por su cuenta, pero que quienes tengan un contrato de prestación de servicios seguirán calculando el 40 % de parafiscales teniendo como base el valor del contrato. Y establece que quienes posean los soportes de egresos podrán presentarlos para el caso en que los topes establecidos no sean fieles su realidad.

Finalmente, para Iván Jaramillo, miembro del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario, esta norma no resuelve el problema de la informalidad. Además, dice, esta resolución, si bien plantea un alivio en el corto plazo implica una menor protección a la vejez en el largo, al vincular la base de cotización sobre la utilidad y no sobre ingreso bruto .

Tengo más libros de fútbol que calzoncillos y medias.