Economía

Ya está la norma de retorno de saldos

Periodismo. Gestión Cultural. Por la sonrisa de mi madre que vale un millón.

09 de julio de 2020

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) dio a conocer que se expidió el Decreto 963 del 7 de julio de 2020, con el cual se reglamentó la devolución automática de saldos a favor a raíz de la contingencia.

José Andrés Romero, director de la Dian, señaló que “esta devolución automática va a permitir a los empresarios poder tener su liquidez de saldo a favor en un término no superior a quince días hábiles”.

Con esto, explicó la Dian, se avanza de un esquema de devoluciones abreviadas para la contingencia, a uno automático y permanente.

Sin embargo, para acceder a lo planteado por el decreto, los contribuyentes deben tener “un perfil de riesgo e historia de cumplimiento ejemplar”. Además, deben soportar el 25 % de los costos o gastos por medio de facturación electrónica.

Entre los documentos que deben presentarse bajo esta nueva reglamentación se encuentran “la relación de las retenciones y/o autorretenciones en la fuente que originaron el saldo a favor del período solicitado, la relación de los costos y deducciones”, según la Dian.

Así concluye la temporada de devoluciones abreviadas, por medio de las que se entregaron recursos del orden de 8,7 billones de pesos, de acuerdo con la Dian.