En agosto, tasa de usura será 29,91 %
Periodista de economía de El Colombiano. Oidor de tangos. Sueño con una Hermosa sonrisa de luna.
La Superintendencia Financiera de Colombia certificó la tasa de Interés Bancario Corriente para el mes de agosto 19,94 %, lo cual representa una disminución de 9 puntos básicos (-0.09 %) en relación con la que se definió para este julio de 20,03 %.
Con la expedición de la Resolución número 0954, el pasado viernes, la Superintendencia explicó que en atención a lo dispuesto en el artículo 884 del Código de Comercio, y en concordancia con lo señalado en el Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1,5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 29,91 % efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.
Para los efectos de la norma sobre usura (Artículo 305 del Código Penal), se indicó que “puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos, cifra que para agosto se sitúa en 29,91 % efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, resultado que representa una disminución de 14 puntos básicos (-0,14%) con respecto al definido para julio de 30,05 %.
La entidad añadió que para microcréditos la tasa de interés bancario corriente es 36,81 % y la tasa de usura para esta modalidad es de 55,22 %, ambas certificadas y vigentes entre el pasado primero de julio y el 30 de septiembre de 2018.
Así mismo, para el crédito de consumo de bajo monto la tasa de interés bancario corriente es de 37,55 %, la de usura de 56,33 %, ambas vigentes hasta el próximo 30 de septiembre.