Criptoactivos empiezan su ruta legislativa
Colombia negoció la semana pasada 10.153 millones
de pesos en Bitcoin, según la plataforma Coin.Dance.
Editora de Economía de El Colombiano. Amante de las buenas y nutridas conversaciones, la música y los viajes.
¿Ha oído hablar del Bitcoin? Si es así, tal vez sepa que en algunos lugares en Colombia sirve como medio de intercambio o como método de inversión, pero aún no es reconocido como “una moneda de curso legal”; en el territorio nacional la única moneda reconocida es el peso.
De hecho, las distintas autoridades han advertido del uso de estas unidades virtuales prohibiéndole a las entidades vigiladas del sistema financiero no solo su uso e inversión, sino su recomendación entre los usuarios.
Además han dicho que “corresponde a cada persona conocer y asumir los riesgos inherentes a las operaciones que se realicen con criptomonedas pues no se encuentran amparadas por ningún tipo de garantía privada o estatal”, como lo reseñaron Carlos Arango-Arango y Joaquín Bernal- Ramírez, en Criptoactivos, documento técnico publicado por el Banco de la República.
El Bitcoin, junto a más de 2.000 criptomonedas existentes —entre las que se encuentran Ethereum, XRP, Bitcoin Cash y Litecoin—, está hoy en un limbo jurídico, pese a ser una realidad de mercado, del cual el país aporta al menos 10.000 millones de pesos (3,02 millones de dólares) en transacciones a la semana, como ocurrió entre el cinco y el once de mayo, de acuerdo con la plataforma Coin.Dance, de un universo de al menos 138.735 millones de dólares.
Esta realidad no es menor, si se tiene en cuenta que la capitalización de mercado de Bitcoin registrada ayer es un poco más de tres veces las exportaciones colombianas del año pasado. La cifra de lo que negocian las criptomonedas es aún más increíble: 231.543 millones de dólares.
El debate sobre legalizarlas o no, con sus riesgos y virtudes, no solo se da en el país sino en el mundo, pues estos activos irrumpieron para desafiar los sistemas financieros que aún no estaban preparados y no saben a ciencia cierta los alcances de esta tecnología. Su principal característica es que no tiene “un orden” y no está centralizado en un ente rector, como para el peso es el Banco de la República.
Esto supone un riesgo para la estabilidad financiera, dado que su fluctuación no está basada en elementos predecibles o fundamentales económicas.
Apuesta en el Congreso
Aún así, una iniciativa del Congreso de la República liderada por el senador Horacio José Serpa, y los representantes a la Cámara, Mauricio Toro, Gabriel Santos y Rodrigo Rojas busca empezar a plantear un piso jurídico para estos activos y sus plataformas de intermediación aceptando su existencia, y planteando un camino hacia la confianza.
Los elementos principales se basan en: un Registro Único de Plataformas de Intercambio de Criptoactivos (Rupic), administrado por las cámaras de comercio y obligatorio también para extranjeras; y que las empresas tengan programas de prevención de actividades delictivas, protección de datos y ciberseguridad.
El representante Mauricio Toro explicó que el asunto de fondo es proteger a inversionistas que se quieren meter en este mundo de criptoactivos, para que no caigan “incautos” ante esquemas piramidales que se disfrazan bajo este nombre y prometen rentabilidades que traducen en estafas.
El proyecto, entonces, entiende este tipo de tecnologías como “activos” y no monedas o divisas, con el fin de permitirles a las plataformas operar legalmente en Colombia, pagar impuestos y generar empleo.
EL COLOMBIANO conoció que el documento tendrá un retoque en el que se esclarece que el valor de los criptoactivos “solo puede establecerse en razón a la interacción de la oferta y la demanda de los mismos, en los mercados o sistemas en los que su intercambio resulte permitido”.
En últimas “habilita para crear en el país plataformas de criptoactivos y así las personas van a estar seguras de que la empresa por la que van a realizar transacciones de este tipo sea reconocida por el gobierno y Estado y se genere tranquilidad”, dijo Toro.
Según Eric Rincón, presidente de Colombia Fintech, este avance en regulación es fundamental porque lo que se busca es plantear un escenario de confianza, entre otros, posibilitando que las empresas puedan adquirir los pesos nacionales con el fin de transformarlo a través de una plataforma exchange en activos digitales.
Actores como la Fiscalía General de la Nación, la Superintendencia de Industria y Comercio y Supersociedades están llamadas a que dentro de sus competencias actúen con respecto a esta nueva actividad que se formaliza en el país: en caso de que se encuentre una operación que se relacione con lavado de activos, o que se incumplan parámetros propios del Estatuto del Consumidor o de sociedades con domicilio en el país.
Para el profesor de la Universidad del Rosario, Alejandro Useche resulta fundamental que con este marco “no se busca poner barreras o trabas para el mercado de criptoactivos, sino de generar protección al usuario, un enfoque adecuado”.
Los límites de la norma
De acuerdo con el proyecto, los Prestadores de Servicios de Intercambio de Criptoactivos no pueden “ofrecer o pagar intereses u “otro rendimiento o beneficio monetario por el saldo que estos acumulen en el tiempo o mantengan”.
Incluso, este medio también conoció que no podrán operar bajo un modelo de plataforma multinivel.
Tampoco están autorizados para “transferir a cualquier título, prestar o gravar los Criptoactivos o cualquier otro recurso de propiedad de los clientes”, sin que medie una autorización expresa del directo afectado.
Y tendrán que advertir los riesgos de las operaciones a través de esta tecnología: que no es una moneda de curso legal; que las transacciones con criptoactivos son “irreversibles”, y de la misma manera las pérdidas “derivadas de sus operaciones, aún cuando sean erróneas”.
Las plataformas deben avisar a los usuarios que el valor es imprevisible, que las pérdidas pueden ser parciales o totales, y que las transacciones son efectuadas “cuando estas han quedado anotadas en un registro público, que no necesariamente coinciden con la fecha y hora en que el consumidor inicie la transacción”.
Entre los riesgos informados, se planea incluir la “posibilidad de incurrir en operaciones de lavado de activos o de fraude transnacional, eventualidad de evasión tributaria”, según propuso la Superintendencia de Sociedades.
Aún hay temor asociado a los vacíos que no están descritos y que deberían ser considerados debido a la característica de encriptación (codificación) y la opacidad de la tecnología “¿cómo evitar el lavado? Si no se puede desencriptar para supervisar”, recalcó Luis Fernando Agudelo, profesor de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Medellín (ver Claves).