EPM espera que se revoque orden de arresto contra su gerente
Periodista egresado de UPB con especialización en literatura Universidad de Medellín. El paisaje alucinante, poesía. Premios de Periodismo Siemens y Colprensa, y Rey de España colectivos. Especialidad, crónicas.
Empresas Públicas de Medellín -EPM- confía en que se caiga la decisión de un juez de San Carlos que ordenó dos días de arresto para el gerente de la entidad por el presunto desacato a una tutela por no instalarle el servicio de energía eléctrica a un ciudadano de dicha localidad del Oriente antioqueño.
El caso fue decidido por el juez promiscuo municipal de San Carlos, quien sentenció que la entidad no cumplió una sentencia de tutela del 8 de agosto de 2016 emitida por un juzgado de Marinilla que la obligaba a conectar el servicio en el inmueble de Aldemar de Jesús Marín, residente en la vereda La Garrucha, de San Carlos.
La orden del togado fue imponer al gerente de la entidad (que para la fecha era John Alberto Maya, quien ejercía en calidad de encargado) una pena de dos días de arresto domiciliario y una sanción pecuniaria equivalente a tres salarios mínimos legales vigentes. La pena caería hoy en el titular de la Gerencia y representante legal, Jorge Londoño de la Cuesta.
A instancias de EL COLOMBIANO, EPM explicó que, en su momento, atendió la solicitud del ciudadano que pedía la instalación del servicio en el sentido de que “no era posible hacer la instalación (...) debido a que por la ubicación de su vivienda no cumplía con lo establecido en la Ley 1228 de 2008, que prohibe la instalación de servicios públicos en inmuebles que, como en este caso, no cumplan con los retiros obligados a las vías y otras consideraciones ambientales”.
Añadió que en el trámite de este caso, el juez adelantó una visita a la residencia, en compañía de funcionarios de la empresa, y se pudo constatar que la vivienda, “efectivamente, no cumple con los requisitos establecidos en la citada ley”.
Pese a ello, el juez decidió imponer sanción al representante legal de EPM por desatender la orden. Sin embargo, EPM explica que “esta sanción está sujeta a la revisión del juez que actúa como superior del que tomó la decisión” y confía en que dado que nunca ha pretendido desconocer la determinación judicial, la sanción sea revocada.
Añadió que la entidad y sus servidores respetan la ley y las decisiones de las autoridades judiciales.
“Es importante indicar que si eventualmente la decisión no es revocada, no se afectarán los recursos de la empresa para el pago de la multa”, señaló la Gerencia.
En los últimos cuatro años, EPM ha conectado al servicio, a través del programa de Electrificación Rural, 105.612 viviendas, ubicadas en sitios remotos del departamento impactando la vida de cerca de 400.000 personas, con inversiones en infraestructura por $384.287 millones.