Economía

Lista la normativa para el comercio electrónico

Periodismo. Gestión Cultural. Por la sonrisa de mi madre que vale un millón.

01 de abril de 2020

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT) y el de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) presentaron los lineamientos que regirán el comercio electrónico en el escenario de Covid-19.

El Decreto 457 de 2020 dicta que “las empresas podrán realizar los despachos de los productos comercializados a través de comercio electrónico, mediante empresas de servicios postales y de economía colaborativa, para lo cual podrán operar los centros de distribución de las empresas vendedoras y centros de abastecimientos”.

Adicionalmente, se aclara que está permitida la comercialización, transporte y entrega de recursos de primera necesidad y de mercancías de consumo ordinario a domicilio que hayan sido compradas por medio de procesos de e-commerce.

En este sentido, también se aclaró que sí podrán continuar en operación las empresas de servicios postales. Esto, con el fin de que mantengan en marcha procesos de recepción, clasificación, transporte y entrega de objetos.

Para este efecto, ambas carteras esclarecen que podrán circular las personas necesarias para garantizar el funcionamiento de la infraestructura crítica de comunicaciones.

No obstante, MinCIT y MinTIC informaron que las empresas que cuenten con personal para que transite por la ciudad a partir de esta normativa, también deben cumplir con las normas de higiene y asepsia, garantizar espacios para el aseo personal y “suministrar implementos de aseo, de acuerdo con los lineamientos para ello definidos”