Reforma pensional en pausa: ¿qué pasa con los colombianos que ya eligieron su Accai?
Aunque la Corte devolvió la reforma pensional al Congreso, quienes ya eligieron su Accai no deberán repetir el trámite ni preocuparse por cambios.
Periodista de EL COLOMBIANO.
Si usted hace parte del grupo que ya eligió una Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (Accai) o fue asignado automáticamente a una, respire tranquilo: su elección no se cae.
Así lo han confirmado expertos y gremios, luego de que la Corte Constitucional decidiera devolver la Ley 2381 de 2024 a la Cámara de Representantes por errores en su trámite legislativo.
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La decisión del alto tribunal implica que todo el articulado de la reforma pensional queda suspendido —incluido el nuevo modelo de pilares solidarios, semicontributivos y contributivos— salvo dos artículos: el 76, que regula los traslados de régimen, y el parágrafo transitorio del artículo 12, que establece la obligación de seleccionar una Accai para quienes cotizan más de 2,3 salarios mínimos y están en Colpensiones.
Si ya hizo el cambio, no debe preocuparse
Según Andrés Velasco, presidente de Asofondos, “ese proceso y ese mecanismo continúan habilitados y los traslados que se realizaron están en firme”.
Es decir, las personas que ya seleccionaron su Accai no tendrán que repetir el proceso ni se verán afectadas por la suspensión del resto de la ley. Incluso, quienes no eligieron a tiempo ya fueron asignados aleatoriamente por la UGPP a alguna de las cinco administradoras habilitadas, como Positiva, Protección, Colfondos, Skandia o Porvenir.
Hasta marzo, la UGPP distribuyó 571.649 trabajadores afiliados a Colpensiones y con ingresos superiores a 2,3 salarios mínimos entre las administradoras, a razón de 114.330 por entidad. Esto, luego de que venciera el plazo original el 16 de enero.
¿Qué pasa con quienes no eligieron a tiempo?
De los 447.000 trabajadores identificados inicialmente como aptos para escoger una Accai, solo 212.428 hicieron el trámite voluntariamente antes del vencimiento.
A los restantes, como lo establece el parágrafo del artículo 12, se les asignó una administradora por sorteo. El gobierno diseñó este mecanismo para que ningún trabajador se quedara sin cobertura en el nuevo componente de ahorro individual, aún si no completó el trámite a tiempo.
“Que cerca de la mitad de la población habilitada haya hecho el debido análisis y el respectivo trámite en tan poco tiempo, nos permite concluir que el balance es positivo”, añadió Velasco.
¿Y ahora qué pasa con la reforma pensional?
La decisión de la Corte no tumba la reforma, pero sí la pone en pausa. El Congreso deberá volver a debatir y votar la ley en la plenaria de la Cámara de Representantes, y solo después podrá pasar a sanción presidencial y revisión definitiva por parte de la Corte Constitucional.
Mientras tanto, la entrada en vigor del nuevo sistema pensional queda suspendida, como explicó el investigador Kevin Hartmann, experto en derecho social y pensiones: “No habrá nuevo sistema en vigor hasta que la Corte decida, y eso puede tomar semanas o incluso meses”.
La fecha exacta de entrada en vigencia es clave porque define aspectos como quién entra en el régimen de transición (artículo 75), quién accede al pilar solidario, y cuándo empiezan a regir los nuevos beneficios, como las semanas reducidas por hijos o las prestaciones anticipadas, agregó Hartmann.
¿En qué estado quedan las Accai? Las Accai no solo siguen existiendo, sino que ya están activas. Como resume Velasco: “Están como han estado desde que se crearon, desde el mes de enero. Su existencia no se suspende, pero están en pausa, esperando que el resto de la ley entre en vigor para comenzar a operar plenamente”.
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