Columnistas

¿A QUIÉN PERTENECE LA PAZ?

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07 de julio de 2017

Profesores extranjeros vinculados a la Universidad, algunos de ellos especializados en asuntos políticos, han expresado su inquietud por el poco entusiasmo que ha generado entre los colombianos los acuerdos de paz alcanzados con la guerrilla y la forma casi desapercibida de actos trascendentales como el del 27 de junio, relacionado con la entrega de armas por parte de esta. Manifiestan su asombro, porque procesos similares, algunos con menos connotación social, han originado júbilo en sus comunidades.

Independiente de las reflexiones que al respecto han presentado importantes medios de comunicación y columnistas de distinta orientación, el análisis académico sobre esta curiosa conducta, permite formular las siguientes hipótesis. En Colombia, especialmente en el campo de lo público y lo político, suele actuarse dentro del marco del denominado “paralelismo de formas”. Significa que las grandes transformaciones se adelantan en forma paralela al desarrollo normal de las actividades institucionales, lo que hace que lo extraordinario se cruce con lo ordinario y se le interprete con argumentos propios para situaciones de ésta índole. Por ejemplo, no obstante haberse instalado la Asamblea Constituyente, convocada para reformar la Constitución, en forma paralela continuó funcionando el Congreso de la República; como consecuencia de esa doble presencia, se originó una especie de trámite concomitante por parte del Congreso, para reformar la reforma a la Constitución, confusión que sólo se resolvió cuando se revocó el mandato de los legisladores. Es decir, dos autoridades diferentes ocupándose de lo mismo. Esta tendencia a mantener un paralelismo en las formas y analizar las medidas extraordinarias con argumentos adecuados para periodos ordinarios, ha enrarecido el proceso de paz y originado desconfianza hacia el mismo. Por ejemplo, se quieren evaluar las decisiones excepcionales conocidas como “fastrack”, con los mismos criterios de interpretación constitucional utilizables para asuntos ordinarios. También se busca analizar la jurisdicción especial de paz, con los elementos de interpretación propios del procedimiento penal ordinario.

Pero además de querer evaluar lo extraordinario con argumentos propios de lo ordinario, ha surgido un segundo problema, que consiste en considerar que todo proceso de paz debe interpretarse como política de un gobierno y no de una sociedad o del Estado. Por decisión de la guerrilla no se da el anunciado encuentro del presidente Pastrana con el Jefe de las Farc, lo que se interpreta como fracaso del Gobierno, no del Estado. La guerrilla anuncia que no dialogará con el presidente Uribe y esa decisión se toma como un tropiezo que sólo concierne al presidente, no a la sociedad. Se firma el acuerdo de paz con las FARC y se interpreta como un logro del presidente Santos, no de la sociedad. Se personifica el proceso, se olvida que es de toda la comunidad.

De aquí surge un nuevo factor de desencanto. Como la paz es del Gobierno, sus opositores políticos se sienten obligados a oponerse al proceso. Es decir, un acuerdo, que es de todos los colombianos, se transforma en un factor electoral, haciéndole perder legitimidad y respaldo.