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Animales de todos los zoológicos... ¡liberaos!

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31 de julio de 2017

Por GUILLERMO E. ARISMENDY DÍAZ
redaccion@elcolombiano.com.co

La Corte Suprema de Justicia concedió un Habeas Corpus que un “genio” manizaleño promovió en favor de un oso de anteojos que, tras permanecer por 20 años en zona de protección en las afueras de Manizales (reserva de Río Blanco), se lo envió a un zoológico de Barranquilla. El accionante se inspiró en la gesta libertaria que en favor de un chimpancé, había sido tramitada en Argentina hace cosa de un año. Como seres sintientes, según la Ley 1774 de 2016, todos los animales deben ser objeto de protección por parte del Estado.

La Corte, al referirse a la libertad de los animales, suelta un discurso en el que advierte que todos los animales deben estar libres de incomodidad, sin hambre y sed... y que por las razones que allí se esbozan “deben estar libres de miedos y angustias, porque su cautiverio les genera temor, estímulos negativos, etc. Del mismo modo deben estar libres de enfermedades evitando su hacinamiento y anomalías metabólicas” (sent. de 26-7-2017).

Echando mano de la Declaración Universal de los Derechos de los Animales, aprobada por la Organización de Naciones Unidas, la Corte dice que es constitucional y convencionalmente válido abogar por la protección de todos los seres sintientes, incluyendo a los animales (...) debiendo rechazarse todo acto de maltrato y de cautiverio. Concluye la Corte, puntualizando que “si bien la acción de habeas corpus, por tratarse de una herramienta constitucional dirigida para salvaguardar la garantía supra legal de la libertad de las personas, no es para animales, la misma no resulta incompatible para asegurar a los animales como seres sintientes, y por tal sujetos de derechos legitimados para exigir por conducto de cualquier ciudadano la protección de su integridad física así como su cuidado, mantenimiento o reinserción a su hábitat natural”.

Alquimia jurídica pura, pues aunque la Corte niega que el Habeas Corpus sea el mecanismo adecuado para la liberación de animales en cautiverio, a renglón seguido, concede el amparo constitucional invocado.

Sin embargo, los ciudadanos de a pie se están preguntando hoy si, con ese argumento campana de la Corte, que protege los derechos a la libertad del oso “chucho”, no se podrán interponer idénticas acciones a favor de todos los animales cautivos.

Porque, la verdad sea dicha, en la totalidad de los zoológicos de este país, cientos de miles de animales esperan por otra acción de amparo constitucional como la que se concedió al oso “chucho”. No puede ser que solo opere el amparo para un oso.

La sentencia debe ser aplicable a todos los animalitos, donde quiera que estén cautivos porque donde existe la misma razón ha de aplicarse la misma disposición, reza el antiguo aforismo latino.

Lo que sorprende es que en un país donde la morosidad judicial es la regla, porque un despacho judicial tarda años, cuando no décadas en dar una respuesta a las demandas de justicia de millones de ciudadanos, que a diario mueren en las escalinatas de esos estrados, esperando un amparo para sus derechos conculcados, las cortes se dediquen a socorrer con tanta diligencia un oso cautivo mientras mueren cientos de indefensos ciudadanos esperando el amparo judicial que sí se concedió a un oso.