Columnistas

CORRUPCIÓN ELECTORAL

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21 de julio de 2017

Son muchas las formas como se manifiesta la corrupción en el campo electoral. Se trata de prácticas que van desde las más burdas, que constituyen verdaderos delitos electorales, hasta aquellas formas sutiles, que sin desconocer abiertamente las regulaciones legales, buscan crear una especie de engaño hacia los electores.

Entre las primeras encontramos las distintas manifestaciones de fraude contra la ley electoral: compra de votos, alteración de actas, cambio de sobres, interceptación de urnas, traslado de electores hacia puestos que no corresponden a su domicilio o lugar de asentamiento, cambio de papeletas o tarjetones, alteraciones en los resultados del conteo de votos, utilización de cédulas falsas o correspondientes a personas que no participan o ya han fallecido. Es decir, una serie de conductas encaminadas a afectar los resultados electorales.

Pero hay otras prácticas, que sin ser abiertamente ilegales, constituyen una ofensa a la ética electoral y a la inteligencia de los votantes.

Se trata de trucos electorales, no siempre fáciles de interpretar, pero que de todas maneras comportan una especie de “fraude ético” a los postulados constitucionales, legales, sociales y políticos.

El caso se presenta, por ejemplo, cuando en el último renglón de una lista cerrada, se coloca el nombre de una persona con gran respaldo popular, pero sin interés alguno en resultar elegido, con el fin de buscar que los electores, al querer votar por él, en realidad elijan a quienes ocupan los primeros renglones. de la lista.

El sistema proporcional vigente para la elección de cuerpos colegiados, hace que cuando se plantea este esquema, se incurre en una especie de “fraude ético” contra los electores, quienes al final del proceso, se darán cuenta de la elección de personas diferentes a aquella que pretendían elegir.

Algo similar puede ocurrir en aquellos casos en los que, de acuerdo con la Constitución Política, la persona que se inscribe como candidato a la vicepresidencia en fórmula con el candidato a la presidencia, cuenta con un respaldo electoral superior al que tiene el candidato a la presidencia de la República.

El objetivo final que se persigue con esta práctica, va a determinar si en última instancia se presenta otra especie de “fraude ético”. Por ejemplo, en principio no existe norma alguna que imposibilite la inscripción de un expresidente, como candidato a la vicepresidencia, pues la Constitución dispone que los requisitos y calidades para ser vicepresidente son los mismos que para ser presidente.

Aunque expresamente la Carta prohíbe la reelección para la presidencia, de quien ya la ocupó, no hay disposición que impida a un expresidente inscribirse como candidato a la vicepresidencia. No obstante, la inscripción de un expresidente como candidato a la vicepresidencia puede convertirse en un tema de “fraude constitucional” y una grave falta a la ética política, cuando se utiliza como un distractor electoral, con el fin de permitirle ejercer de manera directa o indirecta el mando presidencial, pues la Constitución Política permite que bajo ciertas circunstancias, quien resulte elegido vicepresidente, puede ocupar la Presidencia.