CURIOSA COINCIDENCIA
Existe una curiosa coincidencia entre los resultados de la votación afirmativa en el plebiscito de 1957 y el umbral establecido en el proyecto de ley por el cual se convoca el denominado plebiscito por la paz. De manera aproximada las cifras coinciden.
En la consulta del 1 de diciembre de 1957 el voto por el SI fue del 95 % del total de sufragios, de acuerdo con los resultados que se transcriben a continuación: 4.169.294 colombianos respondieron SI, 206.738 dijeron NO, 20.738 votaron en blanco y 194 votos nulos.
En el proyecto de ley revisado por la Corte Constitucional se estableció un umbral del 13 %. Si se considera que el censo electoral, conformado según la misma Corte, por los ciudadanos mayores de 18 años aptos para votar, es de 20.901.048, de acuerdo con la Registraduría Nacional del Estado Civil, se tiene que en cifras absolutas, el umbral es de 4.581.914 votos.
En análisis comparativo de esas dos cifras lleva a pensar que en Colombia, por el sistema electoral, por la apatía en términos de participación, por el desinterés creciente del ciudadano corriente por los asuntos públicos y su desconfianza respecto a la clase dirigente, la voluntad electoral no ha evolucionado en los últimos 60 años.
Al contrario, en términos relativos, de acuerdo con el crecimiento de la población, habría que decir que el deseo de participación ha disminuido y quizás esa es la razón por la cual el legislador estableció como umbral para el plebiscito de 2016 una cifra técnicamente similar a la votación afirmativa obtenida en el plebiscito de hace 60 años.
Si además se revisan algunos resultados electorales, puede observarse que el abstencionismo ha sido una constante. Solo en las elecciones presidenciales de 1958, (para la elección de Alberto Lleras Camargo como primer gobernante del Frente Nacional, con una votación del 57,71 %), así como en las de 1970, 1974 y 1998 (en la primera vuelta) la concurrencia fue superior al 50 % del electorado.
El proceso electoral del 11 de marzo de 1990 para convocar la Asamblea Constituyente contó con 5.238.863 votos. Sin embargo, cuando el 9 de diciembre de ese año se citó al electorado para elegir los miembros de la Asamblea y decidir si eran partidarios de convocarla con una competencia limitada, de acuerdo con lo estipulado por el decreto 1926 de agosto 24 de 1990, ese llamamiento solo fue respondido por 2.788.964 votos de un censo electoral de 14.237.110. Los constituyentes fueron elegidos por 3.710.110, es decir, el 26,6 % del censo electoral.
El legislador del 2016 parece haber considerado todas estas circunstancias para establecer un umbral realmente bajo. La intención pudo haber sido, no de limitar las posibilidades de una real participación democrática, sino, partir de la realidad socio cultural de una nación caracterizada por un electorado apático y con poca predisposición a participar en cualquier tipo de proceso electoral, incluyendo uno tan importante como el relacionado con la paz, no obstante sus efectos respecto las relaciones sociopolíticas para el posconflicto.