La inclusión social a través de la educación
La institucionalización del Estado Social de Derecho, como una manifestación más avanzada del clásico Estado de Derecho, tiene un gran significado desde el punto de vista de las relaciones socio-políticas. Desde sus orígenes, el Estado de Derecho marcó un avance extraordinario en términos de organización y funcionamiento político. Significó el paso de los sistemas monárquicos autoritarios y despóticos, hacia un modelo caracterizado por la producción del derecho a través de órganos representativos y la aplicación de la ley por parte de jueces y cortes especializados. En síntesis, introdujo el principio de la sujeción de gobernantes y gobernados al imperio de la ley.
La necesidad de que el Estado interviniera en las relaciones de producción y distribución de riqueza, propiciaron el salto del modelo liberal individualista hacia un esquema de intervencionismo, en el que el interés particular debía ceder al interés general y el bien de la colectividad orienta las acciones de administración y de gobierno. Dentro de esta evolución, especialmente en sociedades desarticuladas y con poca autonomía de decisión como la nuestra, era necesario profundizar en la construcción de un Estado capaz de actuar en protección de los más débiles, hasta llegar al denominado Estado Social de Derecho, acogido por la constituyente de 1991.
El nuevo sistema no se limita a reafirmar el sometimiento de gobernantes y gobernados a las estructuras jurídicas, sino que supone todo un proceso de inclusión social capaz de hacer efectiva la real protección de los derechos humanos. El papel de los órganos constituidos, Gobierno y Congreso, debe transformarse. No basta con expedir leyes y buscar su aplicación a las relaciones societarias, sino que es necesario que dichas normas, en su creación y aplicación, estén orientadas a la plena realización de los derechos ciudadanos o constitucionales.
Para hacer realidad este nuevo mensaje, es necesario modificar de manera sustancial el papel del juez, quien como operador del derecho debe preocuparse, no solo por cumplir el papel tradicional de aplicación jurídica, sino una nueva función de creación dentro del marco de la realización social. Si los órganos del Legislativo y el Ejecutivo no adoptan decisiones de inclusión social, el juez debe hacerlo a través de sus fallos, como claramente lo vienen predicando nuestras Altas Cortes en algunas providencias.
Como política de inclusión, hay que celebrar la decisión del Gobierno -Ministerio de Educación Nacional- de otorgar 10 mil créditos-becas para educación superior, a las cuales pueden aspirar los estudiantes de menores recursos y de todas las regiones, que quieran ser aceptados en programas académicos en alguna de las instituciones acreditadas en alta calidad. Para postularse, los estudiantes deben haber presentado la prueba saber 11 el pasado 3 de agosto, haber logrado un resultado igual o superior a 310 y estar registrados en la versión III del Sisbén con un puntaje menor a 57,2 en las 14 principales ciudades del país, menor a 56,3 en otras cabeceras municipales y menor a 40,75 en zonas rurales.