1.000 exreos de la cárcel de Itagüí ganaron indemnización, pero no aparecen
Por tenerlos en condiciones inhumanas entre 2013 y 2018, el Estado deberá pagarles hasta $21 millones.
Estudió Comunicación Social y Administración de Negocios en la Universidad Eafit. Llegó a El Colombiano en 2022 para escribir crónicas y reportajes, y ahora hace parte del Área Metro. Antes trabajó haciendo pódcast.
El Consejo de Estado emitió una sentencia que confirma la responsabilidad patrimonial del Estado colombiano por los daños causados a personas privadas de la libertad en el Establecimiento Penitenciario y Carcelario (EPC) La Paz de Itagüí. Es decir, el Estado tendrá que indemnizar a más de 1.000 personas por las condiciones de hacinamiento y trato inhumano que sufrieron adentro del penal entre mayo del 2013 y abril del 2018.
El problema es que muchos de los beneficiarios no saben de la sentencia y los abogados los están buscando.La indemnización, resultado de una demanda colectiva que empezó hace más de siete años, en abril del 2018, podría ascender hasta 15 salarios mínimos mensuales legales vigentes, dependiendo del tiempo de reclusión y el nivel de sobrepoblación sufrido en cada patio. A pesar de que la cifra es variable, el promedio de lo proyectado es de 10 salarios mínimos, es decir, $14.235.000.
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Es una decisión que marca un precedente para la población privada de la libertad, tanto sindicados como condenados, que siguen sufriendo vulneraciones de los derechos más fundamentales todos los días, pues los empodera, pero también para el Estado colombiano, que tarde o temprano se dará cuenta que, así sea por meras razones financieras (ni hablar de las humanitarias o sociales), le convendría más solucionar al fin la crisis carcelaria que pagar por los daños que están causando.
No hay que cumplir muchos requisitos para acceder a la indemnización, solamente es haber estado detenido en el EPC La Paz de Itagüí bajo condiciones de hacinamiento (condenados o sindicados) en estas fechas:
1. En algún momento entre el 6 de abril de 2016 y el 6 de abril de 2018, así hayan sido solo días o semanas.
2. Ininterrumpidamente desde el 21 de mayo de 2013 hasta el 6 de abril de 2018.
3. Ininterrumpidamente desde el 21 de mayo de 2013 y no recuperaron su libertad antes del 5 de abril de 2016.
Se excluyen quienes estuvieron en patios que no presentaron hacinamiento y a quienes fueron beneficiarias de medidas no privativas de la libertad (como brazalete o prisión domiciliaria), ya que no estuvieron recluidas en condiciones de hacinamiento.
El problema es que a pesar de que el fallo del Consejo de Estado es definitivo y de que los requisitos para aplicar son mínimos, cientos de potenciales beneficiarios no se han sumado a la acción colectiva y pueden perder una indemnización que podría significarles emprender un nuevo proyecto de vida, que tanto cuesta después de salir de prisión.
Muchos ven la información y no creen que sea cierta o piensan que quizás es un trámite muy engorroso, cuando realmente solo tiene que enviar un correo a margarita.rengifo@gmail.com o llamar al 3113011491 y dar su nombre completo, la cédula, el patio donde estuvo recluido, la fecha de ingreso o de salida, especificar si estaba sindicado o condenado y por cuál autoridad estuvo detenido.
Las personas que crean cumplir los requisitos tienen un plazo de 20 días hábiles desde la publicación del extracto de la sentencia en un diario de amplia circulación nacional para presentar un escrito a la Defensoría del Pueblo.
La historia del fallo
La acción de grupo fue presentada inicialmente por apenas dos presos de ese momento, Carlos Mario Gómez y José de Jesús García Acevedo, en nombre propio y en representación de un colectivo de personas recluidas o que estuvieron en el EPC La Paz.
Al frente de esta demanda estuvo la abogada Margarita Rosa Rengifo Villa, junto a Ruth Nohemy Jiménez y Juan William Uribe Echandía, quienes durante años fueron defensores públicos y testigos de las condiciones inhumanas que se vivían allí.
El fallo, que ratificó lo que antes había ya determinado el Tribunal Administrativo de Antioquia, confirma que entre esas fechas (aunque también, antes y después), el EPC La Paz presentó un hacinamiento con efectos perjudiciales en salud, alimentación, higiene, deporte, trabajo, recreación, resocialización, intimidad y vida familiar.
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Jhon Bayron, uno de los pocos exreos que hasta ahora se ha sumado a la acción, quien trabaja como técnico de lavadoras y vive con su esposa quien lo esperó más de 10 años mientras salía de la cárcel, quiere hacerle arreglos a la casa con la indemnización que le toque. Cuando llegó a la cárcel de Itagüí, en las celdas de dos dormían cuatro. Con el paso de los años la situación empeoró y ya no eran cuatro sino seis, y ya no solo dormían en las celdas sino en los pasillos y hasta en los baños. La cena se servía a las 3 de la tarde y con eso hasta el desayuno. Sin posibilidades de trabajo o estudio, sin medicinas, sin implementos de aseo, sin espacios para visitas conyugales, sin la más mínima dignidad.
Actualmente, de acuerdo con las propias cifras del Inpec, en la cárcel de La Paz hay un hacinamiento del 220%, con 1.170 personas privadas de la libertad en un espacio para 365 personas. Poco ha cambiado.