Juez ordena a Petro retractarse de sus señalamientos contra el conjuez del CNE Hollman Ibáñez, ¿qué dijo?
El juzgado quince de familia de Bogotá aseguró que los señalamientos del mandatario afectaron la honra y el buen nombre del abogado. Estos son los detalles.
El 4 de febrero, el presidente de Colombia, Gustavo Petro, publicó una foto a blanco y negro del abogado Hollman Ibañez, conjuez del CNE y aseguró que había cometido un delito al no dejar que Iván Cepeda Castro, candidato del oficialismo, participara en las consultas de marzo.
Este 14 de julio, un juez del juzgado quince de familia de Bogotá concluyó que aquello vulnera la honra y el buen nombre de Ibáñez, pues tal delito no está ni denunciado formalmente ni comprobado por la Justicia, por lo que el mandatario tiene tres días para retractarse y disculparse con Ibañez.
Y es que, en la foto publicada, Ibañez posa junto al ahora presidente electo, Abelardo de La Espriella, por lo que Gustavo Petro lo señaló de parcialidad. “Esta persona que ven en la foto fungió de juez y negó el derecho a elegir y ser elegido de un ciudadano de Colombia, que es el rival electoral de su íntimo amigo”, dijo.
“Este conjuez nunca debió ser conjuez, pero hay un hecho peor: el CNE no ha decidido que Colombia Humana se fusione con el Pacto, por lo cual aplica la norma de coalición de minorías a lo que es un partido, el mayor de Colombia, y por ahí impide la inscripción de listas de ese partido, donde obtuvo mayorías hace cuatro años”, agregó Petro en su momento.
En ese sentido, el juzgado quince de familia de Bogotá también aseguró que, con la publicación del presidente, también se vulneró el derecho a la dignidad humana del abogado Ibáñez.
Sobre la retractación, el juez escribió:
“Dicha retractación deberá precisar que las manifestaciones realizadas no constituyen una declaración sobre la responsabilidad penal del señor Hollman Ibáñez Parra, por cuanto la determinación de su eventual existencia de responsabilidad penal corresponde exclusivamente a las autoridades judiciales competentes, dentro del marco del debido proceso y con plena observancia de la presunción de inocencia”.
En la decisión (tomada en primera instancia), la justicia también fue enfática en asegurar que la retractación deberá ser por los mismos canales oficiales y con un nivel de difusión equivalente al trino inicial.
Además, el documento pide que se garantice la visibilidad de la retractación por al menos un mes en la red social X, donde todavía se puede ver el trino que inició la querella.
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Por último, el juez estableció que el presidente Petro “deberá aclarar que los cuestionamientos formulados respecto del ejercicio profesional del accionante no pueden entenderse como una afirmación respaldada por una decisión judicial o por un pronunciamiento definitivo de la autoridad competente”.
Solo queda esperar si el mandatario cumplirá con la retractación en el plazo estipulado o esta será, como otras, una de las que quede en espera por meses.
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Bloque de preguntas y respuestas:
- ¿Por qué un juez ordenó a Gustavo Petro retractarse de una publicación sobre Hollman Ibáñez?
- Un juez concluyó, en primera instancia, que una publicación de Gustavo Petro vulneró la honra, el buen nombre y la dignidad de Hollman Ibáñez al atribuirle un delito sin que existiera una decisión judicial que lo respaldara.
- ¿Cómo debe cumplir Gustavo Petro la orden de retractación por el caso de Hollman Ibáñez ?
- El fallo establece que la retractación debe publicarse por los mismos canales oficiales, con una difusión equivalente al mensaje original y permanecer visible durante al menos un mes en la red social X.
- ¿Qué dijo Gustavo Petro sobre el conjuez del CNE Hollman Ibáñez?
- Petro publicó una fotografía de Hollman Ibáñez junto a Abelardo de la Espriella y cuestionó su imparcialidad, además de afirmar que había cometido un delito relacionado con decisiones sobre la participación política de Colombia Humana.
- ¿Quién es Hollman Ibáñez y cuál es su papel en el CNE?
- Hollman Ibáñez es abogado y se desempeña como conjuez del Consejo Nacional Electoral (CNE), participando en decisiones cuando es designado para integrar procesos específicos dentro del tribunal electoral.