Por primera vez en más de 30 años, Invamer no publicó su encuesta sobre la situación en Colombia por nueva ley aprobada en el Congreso
Invamer advirtió que la nueva ley obligaría a modificar el tamaño de muestra de las encuestas. Para que entre en vigor, solo falta que la medida pase por sanción presidencial.
La firma encuestadora Invamer anunció que, por primera vez en más de tres décadas y 167 mediciones, no pudo realizar su tradicional Invamer Poll de agosto, debido a las restricciones impuestas por la nueva ley que regula la elaboración y divulgación de encuestas en Colombia.
Los resultados del sondeo, que usualmente mide la percepción de los colombianos sobre la gestión presidencial, la situación del país y la favorabilidad de instituciones y personajes públicos, no fueron publicados.
La organización compartió un extenso documento en el que cada pregunta apareció acompañada del mensaje: “Lo sentimos, debido a la nueva ley que regula las encuestas no nos es posible informarte la opinión sobre...”.
El texto fue presentado como una forma de protesta frente al proyecto de ley 569 de 2025, aprobado por el Congreso y pendiente de sanción presidencial, que, según la encuestadora, limita el ejercicio de medición de opinión pública y restringe el acceso de los ciudadanos a información clave.
En lugar de los habituales porcentajes, los apartados donde normalmente se mide la percepción sobre temas como la economía, la corrupción, la seguridad, el costo de vida, el narcotráfico, la salud o las relaciones internacionales fueron sustituidos por frases que advertían que, bajo las nuevas reglas, no podían publicarse los datos.
Lo mismo ocurrió con los módulos que evaluaban la aprobación de la gestión del presidente Gustavo Petro, la percepción sobre su política de “paz total”, la posible intención de buscar reelección o cambios a la Constitución, y las comparaciones con gobiernos anteriores.
Además, se pretendía evaluar el nivel de aprobación de algunas propuestas, leyes o afirmaciones del Gobierno.
Tampoco se publicaron los ítems de coyuntura que consultaban a la ciudadanía sobre la percepción sobre la migración venezolana, la seguridad en ciudades como Bogotá, Medellín y Cali, o la aprobación de alcaldes y gobernadores.
También quedaron en blanco los apartados de favorabilidad de instituciones como la Fiscalía, la Policía, la Procuraduría, los empresarios, la Corte Constitucional, el Congreso o los medios de comunicación, así como la opinión sobre figuras políticas y precandidatos presidenciales como la vicepresidenta Francia Márquez, Germán Vargas Lleras, Juan Daniel Oviedo, María José Pizarro, María Fernanda Cabal, Jota Pe Hernández, o de líderes internacionales como Donald Trump y Nicolás Maduro.
Invamer advirtió que la nueva ley obliga a modificar el tamaño de muestra de las encuestas.
“La nueva ley que regula las encuestas electorales y de opinión política en Colombia no nos permite publicar el estudio con las especificaciones que lo hemos realizado históricamente. Al ser un estudio financiado con recursos propios, no nos es posible incrementar el tamaño de la muestra de la forma que la nueva ley lo exige”, aseguraron.
De acuerdo con la Misión de Observación Electoral, el proyecto plantea que en las encuestas de nivel nacional se incluyan “todas las ciudades con más de 800.000 habitantes, la ciudad más grande de cada región (si no hay de ese tamaño) y un subconjunto de municipios, grandes, pequeños y medianos de todas las regiones del país. En las encuestas departamentales, se debe incluir la capital y al menos el 20% de los municipios”.
La entidad advirtió que esta regulación de encuestas, especialmente aquellas de carácter electoral, “tiene implicaciones sensibles sobre la libertad de expresión y de prensa”.
Cabe resaltar que la Corte Constitucional ha reconocido a las encuestas como “mecanismos técnicos idóneos y legítimos para adoptar la decisión de invitar a los candidatos a los debates electorales”.
Por lo que Invamer señaló que si la ley entra en vigor “se vulneraría gravemente el derecho a la información porque, como también lo ha dicho la Corte Constitucional, “no hay una fundamentación válida para prohibir que se exprese la opinión de los encuestados en un asunto público, y cuya divulgación no atenta contra el orden público, la intimidad o el bien común””, dijo la firma en un comunicado el pasado julio, citando jurisprudencia de la Corte.
La firma insistió en que la ley propuesta es “subjetiva” al mencionar que “se deberá incluir a candidatos que posean relevancia o notoriedad pública significativa, hayan participado en elecciones similares previas o tengan favorabilidad o reconocimiento manifiesto”.
En su pronunciamiento, la encuestadora también cuestionó el trámite legislativo del proyecto, al señalar que en el Senado se había discutido como ley estatutaria, mientras que la Cámara lo tramitó como ley ordinaria, pese a que regula derechos fundamentales como la libertad de expresión y el derecho al voto informado. Según la empresa, este vicio podría derivar en la inconstitucionalidad de la norma.
Además, Invamer rechazó lo que calificó como un “mito” según el cual las encuestas inducen a los electores a apoyar al candidato puntero. Argumentó que no existe evidencia científica que lo respalde y recordó casos en los que los ganadores de elecciones no lideraban en las mediciones previas en el país.
La Corte Constitucional tiene ahora la última palabra frente a las demandas que buscan frenar la entrada en vigencia de la ley.