Esto es lo que subirá precio de matrículas en colegios privados de Colombia en 2026
El precio será calculado dependiendo de la tasa de aprobación de estudiantes, el porcentaje de estudiantes matriculados y el índice de permanencia.
El Ministerio de Educación expidió la Resolución No. 019805 del 30 de septiembre de 2025, que define cuánto podrán aumentar las matrículas, pensiones y demás cobros periódicos en los colegios privados del país en 2026.
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Según la norma, la base de cálculo será el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de los últimos 12 meses, con corte del mes de agosto de 2025, que se estableció en 5,10 %.
“A partir de este valor, los colegios podrán sumar puntos adicionales según diferentes criterios, como la calidad institucional, los niveles de permanencia escolar, el trabajo con estudiantes con discapacidad y el reconocimiento salarial a sus maestros”, dice la resolución.
El ministerio indicó que a partir de este valor, los colegios podrán sumar puntos adicionales según diferentes criterios, como la calidad institucional, los niveles de permanencia escolar, el trabajo con estudiantes con discapacidad y el reconocimiento salarial a sus maestros.
De tal forma los incrementos para el próximo año estarán entre el 5,26 % y un tope máximo del 9,1 %. El aumento deberá ser calculado teniendo en cuenta aspectos como la tasa de aprobación de estudiantes, porcentaje de estudiantes matriculados e índice de permanencia.
También, se reconocerá con un 0,3 % adicional a los colegios que implementen estrategias de educación inclusiva y atiendan a estudiantes con discapacidad, registrados oficialmente en el sistema del ministerio.
Además, la cartera de educación recordó que también podrán aplicar un incremento adicional de hasta el 2, 2% a los establecimientos que realizan los pagos de acuerdo con el escalafón del Decreto 2277/7 o su estructura salarial en el año 2025 fue igual o superior a la del escalafón docente del Decreto Ley 2277 de 1979.
Vale recordar que la entidad añadió que “las instituciones educativas no pueden exigir marcas o proveedores específicos en materiales, útiles escolares y uniformes y que las listas deben ser aprobadas por el Consejo Directivo”.
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