Quintero perdió pulso contra Federico Gutiérrez: alcalde no tendrá que retractarse por decir “los que se robaron a Medellín”
El exalcalde Quintero había interpuesto una acción de tutela pidiendo que Gutiérrez borrara varios trinos en los que se refirió a las audiencias que avanzan en su contra, exigiendo castigo contra “los que se robaron” Medellín.
Comunicador Social - Periodista de la Universidad Pontificia Bolivariana. He trabajado para medios como Radio Bolivariana y El Tiempo. Hago parte del Área Metro e investigo temas de gobierno, política, salud, servicios públicos e historia. Creo en la importancia del periodismo para vigilar al poder.
El alcalde de Medellín, Federico Gutiérrez, ganó en los estrados un pulso contra el exalcalde Daniel Quintero, quien había interpuesto una acción de tutela en su contra, buscando que se retractara de un trino en el que se refirió a los procesos judiciales que lo tienen en el banquillo.
El motivo de la discordia partió de una expresión de Gutiérrez, en la que se refirió a los implicados en varios escándalos ocurridos en el cuatrienio pasado como “los que se robaron a Medellín”.
Le puede interesar: “No estoy para seguir recibiendo irrespeto”: fiscal tuvo encontronazo con abogado en audiencia de Aguas Vivas
Pese a que Quintero intentó argumentar que dicha expresión constituiría una supuesta violación a su presunción de inocencia y hasta una transgresión del “debido proceso”, la justicia no aceptó sus planteamientos y le dio razón a Gutiérrez, señalando que las pretensiones del exalcalde no iban a lugar.
“Declarar improcedente por falta del requisito de subsidiariedad el amparo de los derechos fundamentales, al debido proceso, a la presunción de inocencia, a la independencia judicial, a la honra, al buen nombre, a la seguridad personal y a la dignidad humana, en la acción de tutela promovida por el señor Daniel Quintero en contra del señor Federico Andrés Gutiérrez”, se lee en la decisión judicial.
Las claves del caso
El pleito se remonta al 22 de enero de 2026, fecha en la que el alcalde de Medellín, Federico Gutiérrez, reprodujo en su cuenta de X un trino de un periodista en el que se informaba del nutrido calendario de audiencias relacionadas con procesos de presunta corrupción en la alcaldía de Daniel Quintero, con la expresión “Que se haga justicia con los que se robaron a Medellín”.
Quintero consideró que con dicho trino, Gutiérrez le estaría supuestamente afectando su presunción de inocencia, su buen nombre y presionando a la justicia.
Lea además: ¿Zarpazo del equipo de Quintero a mega negocio de ISA en Perú?
Según se narra en el expediente, ese mismo día presentó una solicitud de rectificación, a la que Gutiérrez se negó.
Tomando como base esa negativa, y argumentando que supuestamente desde 2024 era víctima de un patrón de hostigamientos, Quintero interpuso una acción de tutela, pidiendo rectificar y eliminar la publicación original, así como prohibir que el alcalde Gutiérrez volviera a emitir expresiones similares.
Según se lee en el escrito de tutela, Quintero también anexó al juzgado referencias a otros trinos de Gutiérrez, en los que expresaba frases como: “Ya son 55 los imputados por la Fiscalía, incluyendo el jefe de la banda”, “Crearon una estructura criminal para robarse a Medellín y efectivamente lo hicieron”, “Los que se robaron a Medellín... Deben ir a la cárcel por corruptos”, “Deben caer todos. Hasta llegar a la cabeza de la estructura criminal” o “Que Colombia entera lo sepa. Se robaron a Medellín. Saquearon a Medellín”.
La acción de tutela fue admitida el 11 de febrero de 2026 y comenzó a ser dirimida en el Juzgado Octavo Civil Municipal de Ejecución de Sentencias.
Al ser requerido por la justicia, el alcalde Gutiérrez argumentó que únicamente había reproducido una publicación objetiva en la que se informaba de un calendario de audiencias, un material que era público y de interés general.
De igual forma, Gutiérrez señaló no encontrar asidero en el señalamiento de que le estuviera vulnerando el derecho al debido proceso y a la presunción de inocencia, ni la independencia judicial, ya que él no ejercía funciones jurisdiccionales.
El alcalde también argumentó en su defensa que se sentaría un grave precedente si a él se le coartara su derecho a la libertad de expresión para referirse a un proceso de interés público que estuviera en curso, al tiempo que señaló que sus manifestaciones no tenían una atribución directa de responsabilidad penal.
Tras evaluar los argumentos de parte y parte, el juzgado arrancó planteando en sus consideraciones no ver lógico que el exalcalde Quintero acudiera a la acción de tutela para buscar que se borrara un trino que ya llevaba más de 21 días al aire al momento de interponer el recurso, señalando a inviabilidad de que se planteara el riesgo de un daño irreparable y urgente.
De igual forma, consideró que en la publicación del alcalde no se encontraba una afectación concreta a los derechos fundamentales del exalcalde Quintero.
“En este orden de ideas, se concluye que la presente acción de tutela resulta improcedente, en la medida en que el actor dispone de otros medios de defensa judicial idóneos para la protección de sus derechos y no se acreditó la existencia de un perjuicio irremediable que permita justificar la intervención excepcional del juez constitucional”, consideró el juzgado.