Economía

¡Atención, trabajadores! Esta es la fecha límite para reclamar el Día de la Familia, ¿qué pasará con este beneficio?

Para algunos trabajadores, este derecho desaparece debido a la reducción de la jornada laboral que se ha hecho de forma progresiva y tendrá su disminución definitiva a partir de julio.

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Comunicador social y periodista de la Uniminuto. Debuté en el medio local Telemedellín y actualmente hago parte de EL COLOMBIANO. Apasionado de las historias, las conexiones y el intercambio de ideas y conocimientos.

hace 3 horas

Los trabajadores colombianos están ante el fin de un beneficio que ha buscado equilibrar la vida personal y laboral desde 2017. Con la implementación de la reducción de la jornada laboral, el Día de la Familia dejará de ser una obligación legal para la mayoría de los empleadores a partir del segundo semestre de 2026.

Por lo tanto, el empleado que aún no ha disfrutado de esta jornada en lo que va del año tiene como plazo máximo el 30 de junio de 2026 para solicitarla y disfrutarla. Al ser un beneficio semestral que no es acumulable, quienes no realicen la gestión ante sus áreas de talento humano antes de esa fecha perderán el derecho correspondiente a la primera mitad del año.

¿Quiénes pueden solicitar el Día de la Familia?

De acuerdo con la Ley 1857 de 2017, este derecho aplica para trabajadores del sector privado con un contrato laboral formal vigente. Asimismo, se excluye a quienes laboran por prestación de servicios.

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Quienes deseen disfrutar de este beneficio deberán mantener un contrato formal, presentar la solicitud dentro del primer semestre de 2026 y notificar con al menos 10 días de anticipación. Por último, se debe coordinar la fecha específica con el empleador.

¿Por qué desaparece el Día de la Familia?

La obligatoriedad del Día de la Familia desaparece debido a la Ley 2101 de 2021, que ordena la reducción progresiva de la jornada laboral en Colombia sin disminuir el salario. Esta disminución definitiva empieza a regir el 15 de julio de 2026, cuando la jornada máxima legal pase a ser de 42 horas semanales.

Esta ley que redujo la hora en 6 horas respecto a las 48 que duraba la anterior jornada laboral fue tomada por los legisladores como una compensación del tiempo que antes se destinaba al Día de la Familia y a las dos horas semanales de actividades culturales, deportivas o de capacitación.

Ante ese escenario, al reducirse la carga horaria, se consideró que el trabajador ya dispone de más tiempo libre, exonerando así al empleador de la obligación de conceder estas jornadas adicionales.

¿Quiénes pueden conservar el beneficio del Día de la Familia?

A pesar de que la ley elimina su obligatoriedad, este derecho deberá permanecer en empresas que tengan el Día de la Familia pactado expresamente en convenciones colectivas, pactos colectivos o contratos de trabajo, pues no puede ser eliminado unilateralmente por el empleador.

Igualmente, las organizaciones conservan la plena autonomía para mantener esta jornada como parte de sus políticas internas de bienestar y clima organizacional si así lo desean.

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