Economía

Reforma pensional llega a discusión de la Corte Constitucional: ¿la tumbará o regresará al Congreso?

Cuando faltan menos de 40 días para que entre en vigencia, se estudiará una ponencia del magistrado Jorge Enrique Ibáñez que podría tumbar la reforma pensional por vicios de trámite insubsanables.

hace 11 horas

Desde el próximo 29 de mayo la Sala Plena de la Corte Constitucional estudiará si toma una de sus decisiones más trascendentales de la historia reciente: tumbar o no la reforma pensional del Gobierno Petro.

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Es justo esa papa caliente la que deben resolver los nueve magistrados del alto tribunal, luego de conocerse que la ponencia presentada por el magistrado y presidente de la Corte Constitucional, Jorge Enrique Ibáñez, solicitará a la Sala Plena que se declare la inconstitucionalidad de la norma, prevista para entrar en vigencia el próximo primero de julio, por vicios de trámite graves e insubsanables.

Esta ponencia resuelve una de las más de 50 demandas que llegaron a la Corte contra la pensional, la interpuso la senadora y precandidata presidencial Paloma Valencia, del Centro Democrático. De todas las demandas que aterrizaron, el alto tribunal aceptó estudiar al menos cinco.

Entre las irregularidades que evalúan los magistrados, la más protuberante en cuanto a la forma, es la de la falta de debate en plenaria de Cámara, lo cual configuraría incumplimiento del artículo 157 de la Constitución.

Cabe recordar, que, a mediados del año pasado, la bancada de Gobierno en la Cámara presentó una proposición para salvar la reforma del hundimiento en su cuarto y último debate. Allí se explicó que los congresistas acogían el texto aprobado en la plenaria del Senado, lo que quiere decir que la pensional se aprobó sin debatirse en Cámara, con todo y sus errores. La “jugadita” tuvo 86 votos a favor y 32 en contra. En conversación con EL COLOMBIANO, la senadora Valencia aseguró que la Constitución exige que los proyectos de ley surtan cuatro debates, pero la pensional solo pasó por tres, porque en el último se habría impedido que los congresistas discutieran, incluso, la posibilidad de acoger el texto del Senado: “No dejaron debatir ni votar las más de 700 proposiciones que se radicaron”.

La segunda posible anomalía es la confusa redacción del artículo que gravaría pensiones por encima de $3,6 millones mensuales, y la tercera, que ya es de fondo, es la de crear un régimen especial para el 41% de la población, entre indígenas, afro o campesinos, que implicaría un costo fiscal aún no calculado.

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A estas posibles fallas, se sumó hace pocos días, una más grave y tiene que ver con la captura que ordenó la Corte Suprema de los expresidentes del Senado, Iván Name, y la Cámara, Andrés Calle. En el auto de la Corte dice que el Gobierno de Gustavo Petro los habría “comprado” con recursos de la Unidad de Riesgos para que ayudaran a aprobar la reforma pensional y la de salud.

Dice la Corte Suprema: “Aproximadamente para septiembre de 2023 y abril de 2024, se habría fraguado un acuerdo (...) con el fin de comprar la función de algunos congresistas, en procura de que que estos coadyuvaren en el trámite y aprobación de proyectos de reformas legislativas presentadas por el Gobierno Nacional”.

Al conocer ese auto, el magistrado Ibáñez inmediatamente pidió copias del caso a la Corte porque de llegar a probarse ese soborno, la reforma pensional debería caerse a la luz del artículo 149 de la Constitución que dice: “Toda reunión de miembros del Congreso que, con el propósito de ejercer funciones propias de la rama legislativa, se efectúe fuera de las condiciones constitucionales, carecerá de validez”.

Ibáñez, en ese contexto, descartó otras opciones de ponencia que había considerado, como la de devolver la discusión de la reforma a plenaria de la Cámara, para que se corrigiera el error de no haber dado ese último debate.

Sin embargo, el hecho de que la ponencia de Ibáñez vaya en ese sentido no quiere decir que la aprobará la Corte en pleno. Los magistrados podrían apoyar a Ibáñez, o negar su ponencia y aprobar otra que devuelva la reforma a la Cámara, o tumbar solo algunos artículos y dejar los demás en firme.

¿Cambiaría vigencia?

En cualquiera de los casos lo que sí parece posible es que modifiquen la fecha de entrada en vigencia de la reforma.

En caso de que la devuelvan a la Cámara para corregir el error del debate, una vez aprobada, tendrá que regresar a la Corte Constitucional, con lo cual no habría tiempo de volverla a revisar antes del 1 de julio que entra en vigencia.

Según una fuente que sigue de primera mano el proceso, faltan pasos importantes para que pueda entrar en vigencia la reforma. “No está claro como los fondos de pensiones le deben pasar a Colpensiones los recursos; si en líquido o si en títulos. No se sabe si a los fondos de pensiones les toca salir a vender todo, mucho está en deuda pública. Y eso para que el Gobierno vuelva e invierta”, dijo la fuente.

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“Eso es básico y no esta definido. Como está es imposible que la reforma se empiece a ejecutar el primero de julio”, advirtió que otro escenario posible es que la Cámara enmiende la fecha de entrada en vigencia de esa ley, posiblemente para marzo del próximo año.

Los votos

La decisión está en manos de los nueve magistrados de la Corte Constitucional, que en los próximos días deben emitir su fallo. Se necesitan cinco votos a favor o en contra para tomar una decisión. Algo que preocupa a la oposición porque, de acuerdo con la senadora Valencia, “el Gobierno ha ido consolidando mayorías” en la Corte.

Precisamente, hoy, el Senado elegirá a un nuevo magistrado que reemplazará a Cristina Pardo. La terna la elaboró el presidente Gustavo Petro, con Karena Caselles, Dídima Rico y Héctor Carvajal; este último, considerado hasta hace poco el favorito, causa polémica por ser abogado del presidente Petro y por estar en una edad que solo le permitiría ejercer de magistrado durante tres años.

La reciente decisión de la Corte Constitucional de suspender provisionalmente la investigación del Consejo Nacional Electoral, CNE, por la financiación de la campaña presidencial de Gustavo Petro, ha hecho pensar a algunos que el Gobierno ha ido ganando terreno en aquel alto tribunal.

La ponencia a favor de la suspensión la sustentó Vladimir Fernández, quien fue secretario jurídico de la Presidencia de Petro, y lo acompañaron con el voto a favor Juan Carlos Cortés, Cristina Pardo, Miguel Polo Rosero y Diana Fajardo. Y no estuvieron de acuerdo: Jorge Ibáñez, Natalia Ángel Cabo, José Fernando Reyes y Paola Meneses.

Si bien muestra que el Gobierno no pierde todas las batallas en la Corte tampoco ese caso significa que las pueda ganar todas. En teoría, el Gobierno Petro quedaría con dos magistrados alineados con él en cualquier escenario: Vladimir Fernández y el prácticamente elegido Carvajal.

Y otros dos que vienen votando todo lo del gobierno a favor: Miguel Polo y Juan Carlos Cortés, sin embargo, no significa que ante decisiones de mayor calado puedan eventualmente distanciarse de los intereses del Gobierno. Las magistradas Diana Fajardo y Cristina Pardo están ya de salida, y no sería extraño que su voto haya estado relacionado con la inminencia de su retiro.

Juan Carlos Hermosa Rojas, exmagistrado del Tribunal Administrativo de Antioquia y exmagistrado auxiliar del Consejo de Estado, analizó que es muy difícil predecir la votación de los togados. “Considero que en la Corte no hay bloques marcados tangiblemente. Hay algunas tendencias en algunos temas. Pero sobre la reforma pensional es muy complejo pronosticar cómo se va a votar”, apuntó.

El exmagistrado Hermosa explicó que, incluso, los togados podrían optar por declarar inexequibles solo unos artículos o presentar la opción de devolver el debate a la plenaria de la Cámara de Representantes.

Esa lectura es apoyada por Darío Ramírez, abogado de la firma Serrano Martínez CMA, quien comentó que hay otras alternativas que permitirían a los magistrados tomar posturas, como la que establece el artículo 241 de la Constitución: si la Corte encuentra vicios subsanables, podrá ordenar la devolución a la autoridad que lo profirió —plenaria de la Cámara— para que se enmiende ese defecto.

Para la gobernadora del Colegio de Abogados del Trabajo, Saida Quintero, la preocupación es si los magistrados lograrán pronunciarse en el tiempo que resta para que la ley entre en vigencia, es decir, unos 40 días.

“Si esto no llega a ocurrir y las demandas no se alcanzan a resolver, pues simplemente la ley entra en vigencia, porque esta se presume legal en cuanto no sea declarada inconstitucional”, precisó.

En caso de que la ley se caiga, igualmente habría vacíos. Por ejemplo, ¿qué pasaría con las personas que aprovecharon la llamada ventana de oportunidad de traslado?

Andrés Velasco, presidente de la Asociación Colombiana de Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías, Asofondos, afirmó que lo más importante es que se tome un fallo y se decida en su sabiduría para tener certeza jurídica sobre el sistema que operará en el país.

En concepto del líder gremial, lo mejor sería una decisión antes de julio para no tener que efectuar un reversazo en varias decisiones. Por ejemplo, sería un dolor de cabeza si comienzan a operar las cotizaciones separadas entre Colpensiones y las ACAIS.

“Las administradoras y todos los agentes del sistema pensional han hecho grandísimas inversiones para adaptar el sistema al nuevo esquema. Son decenas de millones de dólares que han sido invertidos en este proceso de implementación, y pues estos recursos no tendrán un fin claro si la reforma se cae”, sentenció.

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