Columnistas

UNA CÁTEDRA INDISPENSABLE Y OBLIGATORIA

23 de enero de 2018

Desde las primeras clases en las facultades de Derecho se enseña que “las leyes son para cumplirlas”; que, según el artículo 122 de la Constitución, “ningún servidor público entrará a ejercer su cargo sin prestar juramento de cumplir y defender la Constitución y desempeñar los deberes que le incumben”. Pero últimamente vienen pasando cosas insólitas.

El artículo 1 de la Ley 1874 de 2017, aprobada por unanimidad en el Congreso siguiendo la afortunada iniciativa de la senadora Viviane Morales, dice textualmente: “La presente ley tiene por objeto restablecer la enseñanza obligatoria de la Historia de Colombia como una disciplina integrada en los lineamientos curriculares de las ciencias sociales en la educación básica y media...”.

Es una norma obligatoria para el Gobierno y para los establecimientos educativos de enseñanza básica y media, como es obligatoria la cátedra misma, autónoma aunque pertenezca al género de las ciencias sociales. No es optativa. No está la cátedra de Historia para que la tome o la deje cada estudiante según su gusto. Es necesario impartirla; programarla; verla y aprobarla, como requisito académico indispensable.

Pero ya una funcionaria del Ministerio de Educación acaba de decir que no. Que la disposición legal no será cumplida y que no habrá cátedra de Historia de Colombia. Pese a los perentorios términos de la norma, dijo: “No va a volver la cátedra de Historia sino que se fortalecerá su enseñanza” (El Tiempo, enero 18/18).

Como si no resultara urgente corregir el error que se cometió en 1994, cuando se suprimió la cátedra como autónoma y se incluyó como por molestar en la de ciencias sociales, pero sin identidad propia, lo que ha ocasionado –como lo sabemos los profesores universitarios– que los bachilleres de esa generación ignoren por completo los grandes acontecimientos de nuestra Historia. Ignorancia que repercute a la vez en la pérdida de los valores y principios de nuestra nacionalidad, y en un grave debilitamiento del sentimiento patriótico. Además de que la sociedad colombiana, los gobiernos y los partidos, sin conocer los antecedentes históricos de los distintos fenómenos sociales, políticos y jurídicos de nuestro devenir, mal podrán formular las políticas del futuro, ni defender lo bueno que se ha hecho, ni corregir los errores cometidos. Habiendo perdido la colectividad una buena parte de su memoria, con grave daño para las generaciones futuras.

El Gobierno está obligado a cumplir y a hacer cumplir la Ley. La Ministra de Educación, o el Presidente, deben corregir a su subalterna y desautorizarla. Entre tanto, por si se persiste en no acatar lo dispuesto por el legislador, sugerimos recurrir al artículo 87 de la Constitución: “Toda persona podrá acudir ante la autoridad judicial para hacer efectivo el cumplimiento de una ley o un acto administrativo. En caso de prosperar la acción, la sentencia ordenará a la autoridad renuente el cumplimiento del deber omitido”.