Por LUIS FERNANDO ÁLVAREZ J.
El concepto funcional del Estado permite identificar la organización estatal a partir de sus funciones fundamentales. Desde este punto de vista el Estado se define como un grupo socio político que realiza una serie de tareas para lograr su finalidad esencial que es el bien común.
Son muchas las tareas o cometidos que debe asumir el Estado, pero siguiendo los postulados epistemológicos desarrollados por doctrinantes como Jean Meignong y Arnold Brecht en sus aportes a la teoría Política, las diferentes tareas del Estado se pueden compendiar en cinco grandes categorías así: (i) Darse su organización fundamental, que significa expedir la carta política de ruta, como afirmaron los argelinos en 1968 al independizarse de Francia o la India al ser reconocida por Inglaterra. (ii) Regular sus relaciones internacionales, es decir, buscar el reconocimiento y aceptación por parte de organizaciones y Estados dominantes. (iii) Regular la conductas de sus individuos, lo que supone determinar competencias formales y materiales. (iv) Prestar servicios públicos, en mayor o menor intensidad de acuerdo con la ideología y filosofía política de las autoridades y dirigentes. (v) Estimular las actividades particulares, teniendo en cuenta el modelo socioeconómico y las presiones propias de la coyuntura internacional.
Cualquier actividad que realice el Estado, cualquier Estado, debe incluirse necesariamente en una de estas categorías. Ahora bien, para realizar cada tarea el Estado debe necesariamente seguir un procedimiento integrado por diferentes etapas, que para efectos de la dinámica estatal, se identifican como funciones. Función pública, es entonces, cada una de las etapas del procedimiento que el Estado desarrolla para realizar cada una de las tareas necesarias para lograr el bien común, independiente del significado filosófico que en un momento histórico y político se tenga sobre lo que debe entenderse por bien común.
La democracia como modelo de gobierno y de administración en el Estado de derecho, y con mayor veras en el Estado social de derecho, exige que las diferentes funciones necesarias para realizar las distintas actividades del Estado, actúen de manera separada pero en colaboración armónica, sin que ninguna de ellas sobrepase los límites de sus competencias, con el fin de hacer posible el equilibrio funcional de poderes, principio necesario para evitar los abusos de poder y el desconocimiento de las demás funciones.
En el modelo actual del Estado democrático occidental, la justicia no sólo se concibe como una de las funciones fundamentales sino como un servicio que juega un papel primordial en términos de inclusión social, tomando los correctivos necesarios cuando los demás poderes incurren en excesos o defectos que conllevan la exclusión de grupos ciudadanos de los beneficios y logros sociales.
Pretender acudir a la vía del referendo para que el grupo social o parte de él, deje sin efectos aquellas sentencias con las cuales no están de acuerdo los promotores, no sólo significa el desconocimiento de las bases mismas del Estado democrático de derecho, sino que conlleva un grave riesgo para la institucionalidad, en detrimento de la convivencia pacífica.