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Rafael Isaza
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La Ley de Financiamiento

Por Rafael Isaza González

rafaelisazag@une.net.co

Amable lector. Consultando las páginas de la Gaceta de Colombia publicada por primera vez en la Villa del Rosario de Cúcuta, en septiembre de 1821, se encuentra una gran similitud entre los padres de la Patria de ese entonces y los que hoy nos representan en el Congreso Nacional. Basta leer unas pocas líneas escritas al comienzo de la labor legislativa de 1821.

“¡Gloria a los padres de la Patria, que con su saber, sus virtudes y su patriotismo han afirmado por leyes sabias la eterna existencia de Colombia!..../ Al separarse de este recinto santo y augusto, llevaréis impresos indeleblemente en vuestros corazones los sentimientos generosos que siempre os han animado...../ Seréis los apóstoles de la justicia”. En estas mismas páginas se exaltan también a los jueces por su sabiduría y recta aplicación de las leyes. Entiendo que los primeros eran ad honórem y los segundos ganaban muy poco.

Hace un año se discutió en el santuario del Congreso la llamada Ley de Financiamiento, que fue criticada por casi todos. Hoy esta ley ha sido declarada inexequible por magistrados que conservan la virtud del hombre de las leyes: Francisco de Paula Santander.

Estos magistrados, en una acto de magnanimidad, a pesar de considerar que no era viable, por no cumplir trámites legales que debieron observar los mandatarios del Congreso y el ministro de Hacienda, le dieron vida por un año, valga decir, tendrá efectos para las declaraciones de renta que se presenten en el año 2020. En palabras simples, estas declaraciones se liquidarán con lo previsto en dicha ley.

Por fortuna los colombianos dejamos todo para última hora, así sufrimos menos. En el caso del impuesto de renta las personas naturales de mayor capacidad económica, se sorprenderán el próximo año, al saber que el impuesto a cargo, para muchos de estos será cercano al doble del año gravable 2018. Y los que están un poco por debajo tendrán un incremento parecido al 30%.

Las últimas reformas tributarias, incluyendo la del año anterior, conservan privilegios que son contrarios a la equidad y a la razón. Además, por la complejidad y exuberancia que se agregan a la de los textos anteriores no solo exacerban al buen lector, sino que invitan a crear figuras para eludir el pago de los impuestos.

Lástima que los ministros de Hacienda, por sus múltiples ocupaciones no tengan tiempo de leer algunos capítulos del Estatuto Tributario, entre otros, los precios de transferencia, los activos biológicos, fusiones y escisiones, el sistema celular, impuesto a los dividendos y participaciones, régimen simple de tributación simple y, por último, averiguar qué es el devengo.

Mientras no se expida una reforma tributaria breve, clara y simple, las mismas personas que hoy pagan los impuestos mañana tendrán que pagar mucho más. Los otros estarán más cerca de ser acogidos por el misericordioso régimen del Sisbén, que todos los días crece más que la maleza.

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