Por ana cristina restrepo j.
En primera instancia, aceptémoslo: la ley es para los de ruana... la ruana del mayor movilizador de la opinión pública del país.
La Corte Constitucional protegió el derecho fundamental al debido proceso de Andrés Felipe Arias y ordenó a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia iniciar el trámite a la impugnación de la sentencia condenatoria proferida en su contra en julio de 2014.
El poder de la Constitución se hizo sentir por medio de la acción de tutela de un ciudadano: “¡Ay, qué bonita la ley que ampara con toda su fuerza a un solo individuo!”. Pero es que no estamos hablando de cualquier fulano sino del protegido de Álvaro Uribe Vélez.
“Abrigo de macho, macho, cobija de cuna paisa...”.
¿Y “los demás”? ¡¿Hablar de la segunda instancia en cabeza de un protegido como un gran logro de la justicia cuando hay ciudadanos (olvidados, anónimos) que no han tenido acceso ni a una sentencia de primera instancia?!
De acuerdo con el reporte de la Policía Metropolitana del Valle de Aburrá del 21 de mayo de 2020, de los 1855 privados de la libertad que permanecen en los Centros de Reclusión Transitoria (CRT) de su jurisdicción, solo 234 están condenados.
Los CRT no son cárceles, funcionan para detenciones que, teóricamente, no pueden superar 36 horas.
Por ejemplo, en La Candelaria hay 294 personas recluidas, de las cuales solo 34 han sido condenadas. En Belén son 156, y solo 4 condenadas. Copacabana y Girardota tienen “solo” 4 y 22 detenidos, respectivamente: ¡ninguno con sentencia condenatoria!
Para empeorar el panorama, el artículo 27 del decreto 546 (excarcelaciones por covid-19) suspendió por tres meses los traslados desde CRT a cárceles.
El hacinamiento es superior al que creemos: las cifras oficiales del Inpec no incluyen a los privados de la libertad en los CRT, son detenidos invisibles para el sistema carcelario. El Grupo de Estudios Penales de Eafit explica que el problema es más hondo porque muchos ciudadanos cuya sentencia condenatoria no está en firme aparecen como “condenados” en las estadísticas del Inpec.
“Sabor de pecado dulce...”.
Una fuente protegida del Ministerio Público confirma: “En Belén había un pelado con tuberculosis, un mes amarrado a una reja con esposas, porque el defensor público no ha reportado el caso para sustituirlo por otro, no se había podido pedir la audiencia. Él tenía domiciliaria, pero no la habían podido hacer efectiva por un error en la dirección: se necesita hacer una audiencia nueva y que el juez ordene otra vez. No se ha podido hacer”. Y agrega: “Al pelado lo tienen que tener aislado y en una parte ventilada, donde nadie prácticamente tiene contacto con él. Los mismos pelados de la celda dicen: Si ese man entra aquí, téngalo por seguro que se muere”.
“La capa del viejo hidalgo, se rompe para hacer ruana...”.
Esta ruana apenas empieza a proteger. No se pueden enarbolar los “derechos humanos” bajo distinciones personales, afectivas, políticas, de clase. ¡Privilegios!
Ojalá el senador y su partido se dediquen a “trabajar, trabajar y trabajar” por la primera instancia de estos olvidados con la misma disciplina que lo hicieron por la segunda de su protegido “que no se ha robado un solo peso”... como centenares de detenidos que se pudren confinados (desde antes del coronavirus) sin una ruana que los abrigue.